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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA INGEVAL RECOLETA S.A. con SII
Fecha: 29-08-2025 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Inmobiliaria INGEVAL Recoleta S.A. reclama por vulneración de derechos por defectuosa notificación de Resolución Exenta N° 213.610 del SII, que fue dirigida a correo incorrecto y llegó a spam, impidiéndole ejercer recursos.
INGEVAL presentó escrito de RAV el 27 de junio de 2024 registrando correo kcubillos@cmasociados.cl. El SII dictó Resolución Exenta N° 213.610 el 11 de noviembre de 2024, que fue notificada por correo electrónico a roberto@gsa.cl, dirección no registrada en el formulario. La notificación no llegó al correo indicado ni a afernandini@ingeval.cl ni fue enviada por carta certificada. Al revisar spam, INGEVAL constató que la resolución había sido redirigida a dicha carpeta. Al momento de conocer la resolución, ya habían expirado los plazos para interponer reclamo. La resolución rechazó íntegramente
El tribunal analiza la obligación del SII conforme al artículo 11 inciso segundo del Código Tributario de notificar por correo electrónico registrado o medios electrónicos. La norma permite al SII remitir notificaciones a cualquiera de las direcciones electrónicas registradas en el sistema. El defecto en el aviso por correo electrónico no invalida la notificación realizada. Para ser notificado electrónicamente, el contribuyente debe solicitarlo o aceptarlo expresamente mediante trámite formal en el sitio web del SII. El artículo 11 bis establece que la falta de recepción por causas ajenas al S
Pendiente de resolución. El SII solicita el rechazo del reclamo en todas sus partes, confirmando la notificación de fecha 11 de noviembre de 2024 de la Resolución Exenta N° 213.610, con costas.
“INMOBILIARIA INGEVAL RECOLETA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM: No aplica
Multa UTM: No aplica
Reajuste UTM: No aplica
Intereses UTM: No aplica
Cuantía Bruta UTM: No aplica
Santiago, veintinueve de agosto del dos mil veinticinco.
VISTOS.
A fojas 01, con fecha 15 de mayo de 2025, comparece don Roberto Daniel Loayza
Casanova, abogado, C.I. N° 13.018.872-9, en representación INMOBILIARIA INGEVAL RECOLETA S.A., RUT N° 76.501.604-5, (en adelante el “Reclamante” , “INGEVAL” o el “Contribuyente”) ambos domiciliados para estos efectos en Tahití N°6581, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, quien interpone reclamo por vulneración de derechos en contra de la resolución N° 213610 Fecha: 11.11.2024, presuntamente notificada, por parte de la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, (en adelante indistintamente, el “Servicio”, “SII”, la “Administración” o el “Reclamado”).
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO TRIBUTARIO.
I. LOS HECHOS:
Afirma que, se presentó una petición administrativa ante el SII que concluyó con la dictación de la Resolución Exenta N° 1381-2024, para luego agregar que, con fecha 23 de abril de 2025, acudió personalmente a la oficina de RAV y RAF ubicada en el octavo piso del edificio de General del Canto N° 281, en Providencia, con motivo de una visita de rutina, al haber transcurrido cerca de seis meses sin recibir notificación de la resolución exenta correspondiente al escrito de RAV presentado con el Formulario 3314 el 27 de junio de 2024, en el que se consignó como correo habilitado para notificaciones la casilla kcubillos@cmasociados.cl. Precisa que el SII no utilizó dicho correo ni envió carta certificada al domicilio tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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