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Tribunal · solo Pro
MUJICA CORREA con SII
Fecha: 09-09-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones de IGC y reintegro art. 97 por prescripción, caducidad, cálculo incorrecto de renta atribuida e inconsistencia con cobros de TGR.
Erika Ximena Mujica Correa, socia mayoritaria (95%) de Sociedad de Transportes y Servicios Transverde Ltda., reclamó tres liquidaciones (N°67, 68 y 69) notificadas el 30.08.2023 (corregidas el 07.09.2023) por $659.742.800, correspondientes a IGC AT 2019 y 2020, y reintegro art. 97 junio 2019. La reclamante alegó: prescripción (plazos vencidos), caducidad (art. 59 CT), incorrecto cálculo de IGC por renta atribuida no retirada, e inconsistencia entre montos liquidados y cobros de TGR.
El Tribunal estimó que las liquidaciones fueron notificadas dentro del plazo de prescripción de 3 años y 4 meses del art. 200 CT, toda vez que las declaraciones de la reclamante se consideraron maliciosamente falsas por su participación en facilitación de datos falsos. No se configuró caducidad porque el procedimiento de fiscalización contra la reclamante se inició mediante citación (art. 63 CT), no requerimiento (art. 59 CT), por lo que el régimen aplicable fue prescripción, no caducidad. La renta atribuida resultaba aplicable conforme art. 14 A LIR vigente en AT 2019-2020, siendo la propia s
Se rechaza el reclamo y se mantienen firmes las liquidaciones N°67, 68 y 69. Se rechaza el pago de costas considerando que la reclamante tuvo motivo plausible para litigar.
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MUJICA CORREA ERIKA XIMENA
RUT N° 7.673.870-K
Valparaíso, nueve de septiembre de dos mil veinticinco
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Juan Magasich Airola, RUT N°8.911.654-6 y don Álvaro Magasich Airola, abogados, ambos domiciliados en calle Reñaca Norte N°25, Of. 1505, Viña del Mar en representación de doña ERIKA XIMENA MUJICA CORREA, RUT Nº 7.673.870-K, domiciliada en Palmira Romano Sur N°1200, Limache, Región de Valparaíso, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que con f echa 30.08.2023, le fueron notificadas las liquidaciones N° 67 a N°69 de fecha 29.08.2023, por medio de las cuales, el Servicio pretende el pago de Impuesto de Primera Categoría por el AT 2019, Reintegro del artículo 97 de la Ley de Impuesto a la Renta e Impuesto de Primera Categoría del AT 2020 , ascendiendo a un monto total de $659.742.800.
De la Prescripción 2. Indica que las liquidaciones fueron notificadas con fecha 30.08.2023, pero luego, a través de Resolución Exenta N° 77323133704 de fecha 05.09.2023, se corrig ieron en su carátula siendo notificadas nuevamente con fecha 07.09.2023, fecha en que se entienden notificadas definitivamente.
3. Hace mención del artículo 200 del Código Tributario, señalando el plazo ordinario de tres años de prescripción de la acción fiscalizadora, lo que se sumado a la citación previa lo aumenta en tres meses, más la prórroga que lo aumenta en un mes adicional, en total tres años y cuatro meses.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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