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Tribunal · solo Pro
DROPPELMANN PETRINOVIC con SII
Fecha: 16-09-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza la nulidad y reclamo contra liquidación del IGC 2014 por $163.055.319 de diferencia. El tribunal concluye que el contribuyente no acreditó el origen de fondos para inversión en fondos mutuos por $400.000.000.
Alfredo Droppelmann Petrinovic fue liquidado por diferencia de IGC 2014 de $163.055.319 (más reajustes e intereses) por partida «Inversiones, gastos y/o desembolsos actualizados sin justificación de origen de fondos» por $400.000.000. El reclamante alegó que financió inversiones en fondos mutuos con: (1) producto de venta de inmuebles realizadas por sociedad Agrícola Terrazas del Mar Limitada en 2012 por $1.475.827.725; (2) venta personal de inmueble por $177.974.706 en noviembre 2012; (3) retiro de utilidades de la sociedad por $412.292.202 en febrero 2013.
El tribunal analizó si los fondos invertidos en $400.000.000 en febrero 2013 provenían de ingresos no constitutivos de renta o rentas justificadas. Sobre la venta de inmuebles por la sociedad agrícola: concluyó que no se acreditó suficientemente que fuera ingreso no renta, pues existía presunción de habitualidad en la subdivisión y enajenación de terrenos rurales dentro de 4 años de adquisición (art. 18 LIR). Respecto venta personal: no consta conexión entre fondos provenientes de la venta (nov. 2012) e inversión en febrero 2013, faltando cartolas bancarias, análisis de flujos y detalle de pag
Se rechaza la demanda de nulidad de la Liquidación N°902 por falta de fundamentos y se rechaza el reclamo subsidiario, confirmándose la liquidación. Se ordena cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“DROPPELMANN PETRINOVIC ALFREDO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR- 18 - 00190-2017
Santiago, dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Cristian Vargas Méndez , abogado, en representación de don ALFREDO PATRICIO DROPPELMANN PETRINOVIC , empresario, cédula de Identidad N° 5.496.362-9, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Américo Vespucio Sur N°100, piso 11°, comuna de Las Condes, Santiago, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 1°, número 8, de la Ley N°20.322, introducido por el artículo 1°, número 1, de la Ley N°21.039, solicita la declaración de nulidad de la Liquidación N°902, emitida con fecha 28 de julio de 2017, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (En adelante, SII), por carecer de fundamento, requisito legal para su existencia o validez jurídica, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos: Expone que el acto administrativo sin expresar fundamento recalculó la base imponible del Impuesto Global Complementario (En adelante, IGC) del reclamante para el año tributario (En adelante, AT) 2014, determinando una diferencia de IGC de $163.055.319, el que, reajustado, más intereses calculados al 31/07/2017, alcanzó la suma total de $292.557.115. Añade que de la sola lectura del referido acto administrativo la falta de fundamentación es ostensible ya que se alude a una “ codificación de la observación G4 7, Inversiones, gastos y/o desembolsos actualizados sin justificación de origen de fondos”, para agregar por dicho concepto la suma de $400.000.000, a la base imponible del I GC del AT 2014 del reclamante, sin exponer ni desarrollar fundamentos para dicha determinación impositiva ni indicar los gastos y/o desembolsos actualizados , sin justificación de origen de fondos , que fundamentarían el aumento en la base impositiva, ni la forma como se determina esa cantidad.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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