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Tribunal · solo Pro
SERV DE MANT ING Y MONTAJES SERVASOL MPM LTDA. con SII
Fecha: 04-11-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamación tributaria de empresa que buscaba mantener régimen Pro Pyme (10%) en lugar del régimen general (27%) para año tributario 2021, al determinar que sus ingresos sumados con empresas relacionadas superaban el límite legal.
SERVASOL MPM LTDA. fue asignada por el SII al régimen Pro Pyme (letra D, artículo 14 LIR, tasa 10%) para año tributario 2021. El SII emitió liquidación exigiendo cambio al régimen general (letra A, tasa 27%), argumentando que los ingresos brutos sumados con dos empresas relacionadas (Servicios Ingeniería y Mantención Integral MPM con 40% de participación y Servicios Varios Soldaduras y Otros con 60%) excedían el límite de 75.000 UF requerido para mantener el régimen Pro Pyme. La empresa reclamó argumentando que no procedía sumar ingresos de relacionadas en año de ingreso al régimen.
El tribunal analiza que según párrafos 10° y 11° de letra D del artículo 14 LIR (régimen Pro Pyme), corresponde sumar los ingresos brutos de empresas relacionadas conforme artículos 8 N°17 del Código Tributario. Los ingresos propios de SERVASOL fueron 63.024,72 UF (año comercial 2019). Los ingresos de Servicios Ingeniería considerando 40% de participación fueron 659.842,512 UF. Los ingresos de Servicios Varios Soldaduras (100%) fueron 221.111 UF. El total sumado ascendió a 943.978,232 UF, superando ampliamente el máximo de 75.000 UF exigido. Por lo tanto, la empresa no cumplía requisitos para
Se rechaza reclamación tributaria y se confirma íntegramente la Liquidación N°20 de 24 de abril de 2024 emitida por SII. Se declara que no ha lugar a la reclamación. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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Copiapó, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco.
VISTO:
Que a fojas 47 y siguientes comparece don FROILÁN URBINA LABRA , abogado, cédula de identidad N°6.412.265-7, domiciliado para estos efectos en Los Carrera N° 599, oficina N°11 , comuna de Copiapó, en representación judicial de SERVICIOS DE MANTENCIÓN , INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES
INDUSTRIALES SERVASOL MPM LIMITADA, RUT N°77.039.433-3, del giro de su denominación y representada por don Alex Boris Cuadra Díaz, chileno, empresario, casado, R.U.T. N°8.149.445-2, con domicilio en Inca de Oro N°632, estación Paipote, comuna de Copiapó , quien deduce reclamación en Procedimiento General de Reclamaciones Tributarias mediante presentación de 14 de agosto de 202 4, en contra de la Liquidación N°20, de 24 de abril de 2024, notificada a su correo electrónico el 29 de a bril de 2024, emitida por la III Dirección Regional Copiapó del Servicio de Impuestos Internos , a fin de que sea dejada sin efecto en todas sus partes, según lo que se expondrá a continuación.
La reclamante refiere que esta liquidación tiene por objeto cobrar diferencias de Impuesto de Primera Categoría para el año tributario 202 1, debido a que el SII estimó improcedente la elección del régimen de tributación establecido en la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) cuya tasa es de un 1 0%, debiendo haberse acogido al Régimen General Semi Integrado establecido en la letra A) del mismo artículo, con una tasa de 27%.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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