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Tribunal · solo Pro
MONTES BEZANILLA con SII
Fecha: 06-11-2025 · Materia: Giro · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Se acogió recurso de reclamación contra giro de impuesto al lujo a aeronave siniestrada. El SII se allanó reconociendo que la tasación no consideró el estado de conservación del bien.
Jorge Montes Bezanilla, propietario de aeronave Cessna modelo U206B matrícula CC PUB, fue notificado de giro folio 12036511 por impuesto al lujo de $2.662.660. La tasación fue de $133.133.000. El reclamante acreditó que la aeronave sufrió accidente el 19 de enero 2009 con daños mayores, carece de certificado de aeronavegabilidad desde 2010, y su motor está destruido. Argumentó que su valor real es de $50.000.000, por debajo del límite tributario de 122 UTA ($98.518.416).
El tribunal constató que no existía controversia, pues el SII se allanó totalmente a la pretensión del reclamante. El allanamiento se basó en que el Cuarto Tribunal Tributario ya había acogido reclamo anterior respecto de la misma aeronave, estableciendo que estaba siniestrada, desarmada y sin aeronavegabilidad, por lo que la tasación de lista no resultaba válida para superar las 122 UTA. El SII reconoció que la tasación se basó en valoración errónea que no consideró el estado real de conservación.
Se acogió la reclamación y se dejó sin efecto el giro folio 12036511 emitido por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente. No se condenó en costas al SII en virtud del allanamiento total conforme al artículo 132 del Código Tributario.
1
EN SANTIAGO, A SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 26 de septiembre del año dos mil veinticinco, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don Jorge Montes Bezanilla, RUT 5.892.163-7 abogado, domiciliado en calle San Pío X 2.460 Oficina 1.304 Providencia, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, como propietario de la aeronave marca Cessna, Modelo U 206 B, año de fabricación 1967, matrícula del Registro Nacional de Aeronaves CC PUB, vengo en deducir un reclamo en contra del Servicio de Impuestos Internos , Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, en relación con el Giro Folio 12036511 emitido por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, mediante el cual fijó un impuesto al lujo de $2.662.660.- por dicha aeronave, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 21.420.
La parte reclamante, en resumen, sostiene que el giro emitido, por el Servicio se basó en la tasación contenida la Resolución Exenta N°127 de 23.12.2024, Anexo N°1, para un avión marca CESSNA, modelo U206B, año 1967, ascendente a $133.133.000.
Sostiene la reclamante que, la aeronave matrícula CC PUB tuvo un accidente el día 19 de enero del año 2009 en las cercanías del Aeródromo de Curicó, ocasionado por un aterrizaje forzoso debido a una falla catastrófica del motor, lo que le causó daños mayores. Que tal hecho consta en el documento que se acompaño en el reclamo, el cual fue emitido por la Dirección General de 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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