Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA E INVERSIONES RIVERS Y CIA. LTDA. con SII
Fecha: 02-01-2026 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de avalúo de unidad en condominio por error en prorrateo de bien común inexistente o no verificable en catastro del SII.
Inmobiliaria Rivers reclama reavalúo de departamento N° 22 del Edificio Los Pangues en Pinto. Cuestiona que el avalúo incluye prorrateo de bien común rol 00880-90001, que al consultarse en sistema SII aparece sin propiedad asociada. Alega errores de superficie, clasificación y transcripción. SII sostiene que bien común es necesario para régimen de copropiedad y que su ausencia documental no implica inexistencia.
Tribunal establece que el estándar de racionalidad y verificabilidad del avalúo exige que bienes comunes imputados a cada unidad sean controlables por el contribuyente. Determina que si el rol 00880-90001 fue creado únicamente para asignar participación sin avalúo propio debidamente individualizado y verificable, el prorrateo deviene improcedente. Destaca que Ley 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria en artículo 2° N° 3 excluye bienes de carácter instrumental e inexistentes. Concluye que se configura causal del artículo 149 N° 3 Código Tributario por error de copia o cálculo que altera avalúo.
Se acoge reclamo. Se ordena al SII modificar y regularizar catastro del bien común y recalcular avalúo prescindiendo del prorrateo improcedente o reemplazándolo por base técnicamente consistente y verificable. Se condena en costas al SII.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
Que, a folio 17 y siguientes, comparece don Mauricio Alejandro Curimil Vargas, abogado, cédula nacional de identidad n.° 17.580.382 -3, en representación de Iván Enrique Yuseff Rivers, cédula nacional de identidad n.° 8.796.420-5, quien deduce reclamo en contra del reavalúo de l bien raíz ubicado en la comuna de Pinto, correspondiente al departamento N° 22 del Edificio Los Pangues, Rol 880 -55, inserto en el proyecto inmobiliario Villa del Bosque Nevado, Complejo Termas de Chillán. El libelo se funda en los artículos 123, 12 4, 125, 132, 133, 149, 150 y siguientes del Código Tributario y en la Ley N° 17.235, invocando expresamente las causales del artículo 149 N° 1, 2 y 3. En su exposición, describe el desarrollo unitario del condominio y el marco de copropiedad que lo rige, para sostener que el reavalúo habría incrementado de manera injustificada el avalúo del inmueble individualizado . Afirma la existencia de errores de determinación de superficies y bienes comunes, aplicación errónea de clasificaciones y, especialmente, errores de transcripción, copia o cálculo. Añade consideraciones fácticas vinculadas a las características del sector —distancia al centro urbano, restricciones hídricas, ambientales y viales — como factores que, a su juicio, debieron influir en un ajuste conservador del avalúo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.