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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA SIERRA NEVADA LIMITADA con SII
Fecha: 30-04-2026 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra avalúo fiscal de inmueble con franja afecta a utilidad pública, aplicando coeficiente excepcional de 0,80 al terreno remanente por minusvalía no considerada en tasación.
Inmobiliaria Sierra Nevada Limitada reclama el avalúo fiscal del bien raíz rol 439-47, comuna de Los Ángeles (2.062 m²), tasado en $309.601.300 para segundo semestre 2023. Una franja de 650 m² (28,7% de la superficie) se encuentra afecta a utilidad pública por ensanche de Avenida Marconi, según certificados municipales de mayo y julio de 2022. La ficha del área homogénea HMB072 no registraba esta afectación singular. El SII ya había segregado la franja exenta en catastro mediante desglose padre-hijo, pero mantuvo para el terreno remanente el valor unitario del lote original, sin reflejar la mi
El Tribunal estimó que la controversia no constituye una materia de exención (ya resuelta administrativamente) sino de error de tasación respecto al terreno remanente, procediendo bajo causal n°2 del artículo 149 del Código Tributario. Constató como hechos no controvertidos la afectación urbanística, la superficie comprometida y la omisión de la restricción en la ficha del área homogénea. El informe técnico de Carolina Tiznado Brito acreditó depreciación entre 25-35% del remanente, no contradicho por pericia diversa. Conforme Resolución Exenta 129 de 2022 del SII, cuando existe minusvalía obje
Ha lugar en parte al reclamo. Se ordena recalcular el avalúo del terreno remanente afecto a impuesto (una vez segregada la franja de utilidad pública) aplicando coeficiente excepcional equivalente de 0,80. Se confirma en lo demás la tasación reclamada. No se condena en costas a la reclamada.
Concepción, a la fecha indicada al pie de firma.
VISTOS:
Que, a folio 1 3 y siguientes, comparece don Jorge Montecinos Araya, abogado, domiciliado en Avenida Chacabuco 1085, oficina 1102, cédula nacional de identidad número 9.086.407-6, en representación de Inmobiliaria Sierra Nevada Limitada, rol único tributario número 78.328.360 -3, representada legalmente por don Mario Andrés
González Bello, empresario, cédula nacional de identidad número 8.971.552 -0, quien deduce reclamo en contra del avalúo fiscal asignado al bien raíz rol 4 39-47, de la comuna de Los Ángeles, ubicado en Prolongación Avenida Marconi número 210.
Expone, en síntesis, que la tasación general practicada por el ente fiscalizador asignó al inmueble un avalúo que, para el segundo semestre del año 202 3, ascendía a $309.601.300, tratándose de un sitio eriazo emplazado en el área homogénea HMB072. Refiere que el predio tiene una superficie total de 2.062 metros cuadrado, y que tiene una franja de 650 metros cuadrados, equivalente al 28,7% de su cabida, se encuentra afecta a utilidad pública por ensanche de Avenida Marconi, conforme al certificado de informaciones previas número 1146, al certificado de afectación a utilidad pública número 211, ambos de 4 de mayo de 2022, y al certificado número 31/2022, de 4 de julio de 2022, emitidos por la Municipalidad de Los Ángeles.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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