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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL CAROZZI S.A. con SII
Fecha: 08-01-2026 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA+6.000M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Comercial Carozzi contra liquidaciones por rechazarse gastos de asesorías, diferencias de cambio y corrección monetaria por falta de acreditación suficiente.
Comercial Carozzi S.A. declaró pérdida tributaria de $697.564.348 en AT 2016 y solicitó devolución de PPUA por $138.660.861. El SII fiscalizó y practicó Liquidaciones 1297 a 1299 rechazando como gastos: (i) $1.123.890 por asesorías de auditoría PWC; (ii) $75.812.779 por servicios jurídicos de Klein & Franco Buenos Aires; (iii) $3.932.701.755 por diferencia de cambio en financiamiento con empresas relacionadas; (iv) $2.785.475.860 por corrección monetaria en el mismo financiamiento. La contribuyente controló las liquidaciones alegando que los gastos cumplían requisitos de la LIR y estaban debid
El tribunal analizó la procedencia de los gastos conforme a los artículos 21, 31 y 33 de la LIR. Respecto de asesorías y servicios, determinó que aunque conceptualmente podrían ser aceptables, no se aportaron suficientes antecedentes de respaldo como contratos, facturas, invoices e informes que acreditaran la efectividad y necesidad de las prestaciones. Para las partidas de diferencia de cambio y corrección monetaria, el tribunal constató que no se probó el origen de la deuda en 13 años sin demostrarse pagos realizados, ni se acreditó la valorización de Molitalia en 2002, siendo indispensable
Se rechaza el reclamo en lo principal y se confirman las Liquidaciones 1297 a 1299. Se exonera de costas a ambas partes considerando motivo plausible para litigar.
“COMERCIAL CAROZZI S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, ocho de enero de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Marcos Magasich Airola , cédula nacional de identidad N°7.669.851-1, abogado, en representación de COMERCIAL CAROZZI S.A. , Rol Único Tributario N°99.508.210-1, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en San Sebastián N°2839, piso 6° , oficina N°605, comuna de Las Condes , ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la s Liquidaciones Nos. 1297 a 1299, practicadas con fecha 11 de julio de 201 7, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando dejarlas sin efecto, pues los gastos impugnados son deducibles atendido que cumplen los requisitos previstos por la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante, LIR), con expresa condena en costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su reclamo titulado: “PROCESABILIDAD DEL PRESENTE RECLAMO” , explica que las Liquidaciones materia del presente juicio son actos administrativos reclamables conforme lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario.
En el capítulo de su libelo denominado: “ANTECEDENTES DE LAS LIQUIDACIONES RECLAMADAS” , expone que en la declaración de impuesto a la renta del año tributario (en adelante, AT) 2016, se declaró una pérdida tributaria por ($697.564.348.-), siendo solicitada una devolución por concepto de pagos provisionales por utilidades absorbidas (en adelante, PPUA) por $138.660.861.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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