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Tribunal · solo Pro
CONSORCIO PACIFICO S A con SII
Fecha: 02-02-2026 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal revisa reclamación de Consorcio Pacífico contra resolución del SII que rechazó pérdida tributaria AT 2017 y objetó descuentos en facturas por $1.045 millones a Constructora Coloso S.A.
Consorcio Pacífico S.A. declaró pérdida tributaria de $750.396.671 para AT 2017 mediante Formulario 22, solicitando devolución de $81.076.254. El SII rechazó la devolución y fiscalizó bajo programa Auditoría Ingresos Brutos. Durante la fiscalización, objetó descuentos registrados en 5 facturas (N°26, 27, 29, 31, 32) emitidas en 2016 a Constructora Coloso S.A. por $1.045.466.357, asociados a modificaciones de contrato de construcción de Planta Desalinizadora para Minera Escondida. El SII no reconoció la trazabilidad entre modificaciones del contrato principal y los descuentos efectuados.
La discusión se centra en si los descuentos registrados en las facturas constituyen gastos válidos deducibles. Consorcio Pacífico sostiene que los descuentos responden a acuerdos contractuales que modificaron el encargo y valores, originando negociaciones entre Coloso y Consorcio Pacífico que finalmente resultaron en un ingreso superior al pactado inicialmente. Argumenta sobre el concepto de renta devengada conforme artículo 2 LIR y que en contratos de construcción a suma alzada el ingreso debe incluirse cuando se formula el cobro respectivo, no desde la suscripción. Sostiene que el SII confun
El texto no contiene la parte resolutiva del fallo. El documento se encuentra truncado en la fase de discusión de fundamentos del contribuyente.
“CONSORCIO PACÍFICO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM: 1.571,49
Multa UTM:
Reajuste UTM:
Intereses UTM:
Cuantía Bruta UTM: 1.571,49
Santiago, dos de febrero de dos mil veintiséis.
I. VISTOS.
A) DEL RECLAMO TRIBUTARIO:
A folios 1 y siguientes del expediente electrónico, comparece don Javier Cortés Philipp, abogado, cédula de identidad número 13.996.069-6, en representación convencional, de la sociedad CONSORCIO PACÍFICO S.A. RUT 76.365.231-9, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en calle Rivas N° 698-1, casilla 324 de la comuna de San Joaquín, en adelante “el contribuyente, la sociedad o la reclamante”, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario viene en reclamar en contra de la “Resolución Exenta Nº 1838/2020, de fecha 21 de julio de 2020, en adelante la actuación reclamada, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, en adelante también el “Servicio” o “SII”, que modificó el resultado del ejercicio, y rechazó la pérdida tributaria declarada por su representada para el año tributario (AT) 2017, en relación a lo declarado en el Formulario F22, folio Nº 240704187, determinando una Renta Líquida Imponible de $295.069.686.-, solicitando que sea dejada sin efecto tal actuación, con expresa condena en costas, conforme a los fundamentos de hecho y derecho que a continuación se expondrán de forma resumida:
I. FASE DE DISCUSIÓN. Los hechos y el derecho:
A. Antecedentes de la fiscalización: 1
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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