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Tribunal · solo Pro
NOVANTAR S.A. con SII
Fecha: 10-03-2026 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE+29.000M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Novantar S.A. contra liquidaciones de IVA por vicio en notificación de citación fiscal y falta de nuevo requerimiento para períodos fuera del alcance inicial, dejando sin efecto todas las liquidaciones.
Novantar S.A., agencia de viajes, comercializa paquetes turísticos de cruceros en la Antártica adquiridos a Turismo Antártica XXI S.A. El SII emitió 21 liquidaciones (enero 2022) por períodos agosto 2015-abril 2019, alegando ventas exentas de IVA no declaradas como débito fiscal, por montos totales de $8.235.179.721. La fiscalización se inició con Notificación de Auditoría Nº 039 (dic. 2019) para años 2017-2019 e IVA período nov. 2016-oct. 2019, pero las liquidaciones incluyeron períodos agosto 2015-septiembre 2016 no cubiertos en el requerimiento inicial.
El tribunal analizó múltiples vicios de nulidad de derecho público: (1) La Citación Nº 44 (31 mayo 2021) no fue válidamente notificada electrónicamente según auditoría de Google Workspace que constató ausencia de correos del SII al dominio de la empresa durante el período relevante, incumpliendo requisito esencial para fiscalización por presunta mala fe. (2) Infracción al derecho de información (art. 8bis Nº1 CT) por contradictoria posición del SII respecto a exención de IVA previamente autorizada, sin informar clara naturaleza de procedimiento. (3) Violación art. 59 CT: inclusión de períodos
Se acoge parcialmente el reclamo. Se dejan sin efecto las Liquidaciones Nºs. 01-05 (períodos nov. 2015-marzo 2016) y se anula Liquidación Nº 06 (nov. 2016) por vicios procesales. Se rechaza recurso respecto de Liquidaciones 07-21 por prescripción vencida y cumplimiento de procedimiento respecto a esos períodos.
Dos mil ochocientos nueve 2809
Punta Arenas, a diez de marzo de dos mil veintiséis.
VISTOS:
Uno.- Que, a fojas 88 y siguientes, comparece don Jaime Vásquez Sapunar, ingeniero civil, RUT Nº 6.845.281-3, en representación convencional de Novantar S.A., RUT Nº 76.202.774-7, sociedad del giro agencia de viajes, con domicilio en calle Pedro de Valdivia Norte Nº 0129, oficina 202, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien interpone reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nºs. 01 a 21, todas de fecha 12 de enero de 2022, emitidas por la XII Dirección Regional de Punta Arenas del Servicio de Impuestos Internos (SII), notificadas por correo electrónico en la misma fecha, correspondientes al Impuesto al Valor Agregado conforme al Decreto Ley Nº 825 de 1974, solicitando se dejen sin efectos por adolecer dichos actos administrativos de nulidad de Derecho Público, en subsidio por tratarse de operaciones exentas de IVA, o bien por la prescripción de las Liquidaciones Nºs. 1 a 15, con costas.
Fundamenta su legitimación activa en ser el contribuyente directamente afectado en su patrimonio por las Liquidaciones impugnadas, al tener un interés actual comprometido dado que los impuestos cuyo cobro estima legalmente improcedente se radicarían en su esfera patrimonial. El reclamo se interpone conforme a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, fijándose domicilio procesal en calle O'Higgins Nº 1.170, piso 2, de la ciudad de Punta Arenas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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