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Tribunal · solo Pro
EURO RENTA CAR S A con SII
Fecha: 23-03-2026 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Reclamación contra resolución que declaró improcedente crédito fiscal IVA por prepago de cuotas de leasing, argumentando que se vinculaba exclusivamente a cesión de opción no gravada.
Euro Rent a Car S.A. reclamó la Resolución Exenta N°2.054 de 4 de agosto de 2023, que declaró improcedente crédito fiscal IVA de $80.178.060 (octubre 2020) y $6.446.747 (enero 2021), derivados de facturas por prepago de cuotas de leasing con Leasing Pie Andino S.A. El SII argumentó que el prepago se vinculaba exclusivamente a cesión posterior de opción de compra, operación no gravada con IVA. La reclamante sostuvo que el hecho gravado era el pago de rentas de arrendamiento, operación distinta de la cesión de opción.
El tribunal examinó si el IVA recargado en el prepago de cuotas de leasing procedía como crédito fiscal. La reclamante controvirtió la tesis del SII, sosteniendo que el hecho gravado correspondía a las cuotas de arrendamiento afectas a IVA, no a la cesión posterior de opción de compra. Según la reclamante, ambas operaciones son jurídicamente distintas y debe examinarse la naturaleza de cada una independientemente. El SII había reconocido que los contratos de cesión no estaban afectos a IVA por no constituir venta ni servicio. La cuestión central era si el prepago de cuotas, siendo operación gr
El texto se encuentra incompleto, no siendo posible determinar el resolutivo del tribunal.
EURO RENTA CAR S .A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 656,38
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 656,38
Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintiséis.
VISTOS.
A folio 01, con fecha 20 de noviembre de 2023, comparece don Kevin Venturelli Sims , Cédula Nacional de Identidad N° 21 .106.962-7, abogado, en representación de EURO RENT A CAR S.A., Rol Único Tributario N° 99.501.690-7 (en adelante, indistintamente, la “Reclamante” o la “Contribuyente”), domiciliada para estos efectos en Marchant Pereira 201, oficina 801, Providencia, Región Metropolitana, quien interpone reclamo tributario de acuerdo con los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N°2.054, de fecha 4 de agosto del año 2023 (en adelante, la “Resolución Reclamada”), emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, indistintamente, el “Servicio”, “SII” o el “Reclamado”).
1. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO TRIBUTARIO.
I. SÍNTESIS DEL CONFLICTO.
Señala que el conflicto se origina en la Resolución Exenta N°2.054, emitida con fecha 4 de agosto de 2023 por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual se declaró improcedente el crédito fiscal IVA utilizado por la reclamante por $80.178.060 en su declaración mensual de octubre de 2020, folio 7078798236, y por $6.446.747 en su declaración mensual de enero de 2021, folio 7136021686, modificándose además el remanente de crédito fiscal informado entre octubre de 2020 y enero de 2021 y fijándose como remanente del mes de enero de 2021, para acumular a períodos siguientes, la suma de $41.982.378. Añade que, por ello, solicita que se deje sin efecto la resolución impugnada o que se ordene dictar una nueva conforme a derecho.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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