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Tribunal · solo Pro
ATACAMA DRIED FRUIT con SII
Fecha: 20-04-2026 · Materia: Resolución · Juez: luis_alfonso_perez_manriquez
ACOGE+100M Ha Lugar
Acogió reclamo de exportador de frutas secas contra retención de devolución de IVA exportador. El tribunal estimó acreditada la materialidad, pago y entero en arcas fiscales de las operaciones cuestionadas, desvirtuando los reparos del SII por falta de prueba de contrario suficiente.
Atacama Dried Fruit SpA, exportadora de frutas secas, solicitó en junio 2023 devolución de IVA exportador por $298.044.981 (período mayo 2023). El SII, mediante Fiscalización Especial Previa, aceptó parcialmente $174.653.579 y retuvo $123.391.402, argumentando que las operaciones con proveedores Exportadora Tres Amigos Limitada e Ignacio Padilla SpA presentaban discrepancias en trazabilidad, cantidades y origen de productos. La reclamante presentó reposición administrativa que fue resuelta parcialmente, manteniendo la retención cuestionada.
El tribunal estableció que para devolución de IVA exportador es necesario acreditar: veracidad del pago conforme artículo 23 N°5 de la LIVS; existencia y materialidad de operaciones; y entero efectivo en arcas fiscales. Apreciando conjuntamente la prueba documental (facturas, transferencias electrónicas, libros contables, guías de despacho, tickets de pesaje, contratos y Formularios 29), el tribunal concluyó que la reclamante acreditó suficientemente tales extremos mediante secuencias documentales concordantes de múltiples fuentes. El SII no rindió prueba de contrario específica en juicio que
Acogió el reclamo y dejó sin efecto la Resolución Exenta N°2153 en la parte que rechazó la devolución. Declaró que la reclamante tiene derecho a devolución de $123.391.402 indebidamente retenida más reajustes legales. No condenó en costas por motivos plausibles de litigio del SII.
“ATACAMA DRIED FRUIT con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 4572,5
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 4572,5
Santiago, veinte de abril de dos mil veintiséis.
VISTOS.
A folios 1 a 13 vuelta, con fecha 01 de abril de 2024, comparece don Camilo Andrés Rosales Godoy , Cédula Nacional de Identidad N° 16.462.728- 9, agrónomo, en representación de Atacama Dried Fruit SpA , Rol Único Tributario N° 76.727.419-K (en adelante, indistintamente, la “Reclamante” o la “Contribuyente”), domiciliada para estos efectos en Carretera San Martín LT 4 B, comuna de San Felipe, Santiago, quien interpone reclamo tributario de acuerdo con los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N.º 2153 de fecha 18 de agosto de 2023 (en adelante, la “Resolución Reclamada”), notificada por correo electrónico al reclamante con fecha 18 de agosto de 2023, mediante la cual se determinó acceder en parte a la devolución del IVA exportador solicitado en el Formulario 3600, folio 10317185, correspondiente al periodo 05.2023 por un monto de $174.653.579, de un total solicitado de $298.044.981, quedando retenido el monto de $123.391.402, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, indistintamente, el “Servicio”, “SII” o el “Reclamado”).
1. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO TRIBUTARIO.
I. Antecedentes del contribuyente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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