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Tribunal · solo Pro
SII con Ingeniería y Montajes Eléctricos Ltda. y otros
Fecha: 20-04-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: hugo_osorio_morales
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncias por emisión y utilización de 26 facturas falsas. Condena a contador por confeccionar documentos falsos y a seis contribuyentes por registrarlos maliciosamente, aplicando multas por infracciones tributarias.
El SII denunció a Marcelo Berrocal, contador de Juan Pablo Barón Vidal y Aqueveque y Barón SpA, por confeccionar y emitir 26 facturas falsas a nombre de sus clientes. Seis contribuyentes (Ingeniería y Montajes Eléctricos Ltda., Suministros Industriales Valdivia Ltda., Rodolfo Milling Frías, Moncon SpA, Sermarine Chile SpA y Macarena Guerrero) registraron, contabilizaron y declararon dichas facturas en sus Formularios 29 para rebajar indebidamente sus cargas tributarias de IVA. Los documentos documentaban servicios inexistentes.
El Tribunal, aplicando sana crítica, acredita que Berrocal confeccionó, emitió y facilitó las 26 facturas falsas que documentaban operaciones inexistentes, con conocimiento de su falsedad y finalidad tributaria. Concluye que los demás denunciados actuaron maliciosamente al utilizar, contabilizar y declarar dichas facturas, conociendo o no pudiendo menos que conocer su falta de respaldo real. Pondera circunstancias atenuantes del artículo 107 CT (antecedentes, perjuicio fiscal, cooperación, rectificaciones posteriores) a favor de todos. Respecto de Berrocal, considera agravante su conocimiento
Acoge denuncias. Aplica multa de 10 UTA ($8.386.680) a Marcelo Berrocal. Aplica multas equivalentes al 100% del monto defraudado a: Ingeniería y Montajes Eléctricos Ltda. ($8.502.180), Suministros Industriales Valdivia Ltda. ($4.237.402), Moncon SpA ($3.582.256), Rodolfo Milling Frías ($6.073.832), Sermarine Chile SpA ($3.916.863) y Macarena Guerrero ($958.512). No condena en costas.
Valdivia, veinte de abril de dos mil veintiséis
VISTOS:
A fojas uno y siguientes rola Acta de Denuncia N° 02, de 29.01.2026, levantada por el Servicio de Impuestos Internos, XVII Dirección Regional Valdivia, en contra de Marcelo Erardo Berrocal Monje y de los contribuyentes que a continuación se individualizan, por las infracciones previstas en el artículo 97 N° 4 inciso final y en el artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario, conforme se detallará.
En particular, el acta se dirige:
a) en contra de Marcelo Erardo Berrocal Monje, RUT N° 12.201.465-7, por la infracción sancionada en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario; y b) en contra de los siguientes contribuyentes, por la infracción prevista en el artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario:
i) Ingeniería y Montajes Eléctricos Ltda. RUT N° 76.169.540- 1, representada legalmente por Claudio Francisco Javier Paredes Navarro, RUT N° 9.644.431-1, y por Alicia Verónica Molina Peña, RUT N° 10.608.551-K; ii) Suministros Industriales Valdivia Ltda. RUT N° 76.846.240- 2, representada legalmente por José Luis Valenzuela Jara, RUT N° 11.704.405-K; iii) Rodolfo Armando Milling Frías, RUT N° 7.557.312-K; iv) Moncon SpA, RUT N° 76.641.143- 6, representada legalmente por Yopton
Edgardo Zambrano Concha, RUT N° 15.195.570-3;
v) Sermarine Chile SpA, RUT N° 76.748.025- 3, representada legalmente por Jaime Raúl Arriagada Delgado, RUT N° 11.592.277-7; y vi) Macarena Elizabeth Guerrero Nahuelpán, RUT N° 18.886.553-4.
El acta señala que Marcelo Erardo Berrocal Monje, en su calidad de contador de Juan Pablo Barón Vidal, RUT N° 12.010.900- 6, y de Aqueveque y Barón SpA, RUT N° 77.255.788-4, habría confeccionado, emitido y facilitado 26 facturas falsas a nombre de dichos contribuyentes, con el objeto de cometer o posibilitar la comisión de los ilícitos descritos en el artículo 97 N° 4 del Código Tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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