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Tribunal · solo Pro
YÉVENES YÉVENES con SII
Fecha: 28-04-2026 · Materia: Liquidación · Juez: luis_alfonso_perez_manriquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Rechaza reclamo tributario. Contribuyente no acreditó cumplimiento de requisitos copulativos de Ley 19.764 para recuperación de impuesto específico diésel: falta acreditar efectivo ejercicio de transporte de carga, no solo posesión formal de vehículos.
Sergio Yévenes Yévenes, transportista de carga, solicitó devolución de impuesto específico diésel (IEPD) por $9.971.808 mediante Formulario 2117. El SII observó que su actividad real era arriendo de vehículos a su EIRL (Empresa de Transportes Sergio Yévenes Yévenes EIRL), no transporte directo. Emitió Oficio 148/2019 rechazando recuperación por incumplimiento de requisitos. Constató no facturación en agosto 2017 y junio 2018. SII tasó ingresos según art. 64 CT. Liquidaciones 305-324/2020 cobran IVA, Impuesto Global Complementario y reintegro de art. 97.
Tribunal analiza requisitos copulativos art. 2 Ley 19.764: (1) ser empresa de transporte de carga y (2) propietario/arrendatario con opción compra de camiones ≥3.860 kg. Constata que contribuyente posee 44 vehículos (semiremolques y tractocamiones) pero factura a su EIRL mensualmente por "arriendo de vehículos y maquinarias". Falta acreditación de ejercicio efectivo del transporte: no acompaña guías despacho, detalle mercaderías, identificación choferes, ni documentos contables de operaciones. No cuenta con personal asalariado para conducción. Convenio 2010 refiere servicios de transporte pero
No ha lugar al reclamo. Se confirman liquidaciones 305-324/2020 emitidas por XVI D.R. Santiago Sur del SII. No se condena en costas por motivo plausible de litigio.
1
“YEVENES YEVENES con SII, DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO
SUR”.
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
CUANTIA:
Cuantía Neta UTM 1183,47
Multa UTM 697,72
Reajuste UTM 70,61
Intereses UTM 479,99
Cuantía Bruta UTM 2431,79
Santiago, a veintiocho de abril de dos mil veintiseis.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. Reclamo.
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
UNO: A folio 1 y siguientes del expediente electrónico, con fecha 14 de septiembre de 2020, comparece don GASTON ANDRES ORMEÑO KARZULOVIC, abogado, en representación de don SERGIO YEVENES YEVENES, domiciliado en Rosa Ester Nº02860, comuna de La Pintana, RUT Nº3.919.630-1, giro Transporte de Carga, quien expone:
Con fecha 8 de Junio de 2020 su representado fue notificado de las liquidaciones Nº305 a la 324, emitidas por la Dirección Regional Santiago Sur, con fecha 4 de Junio de 2020. En las referidas liquidaciones, provienen de que el Servicio de Impuestos Internos ha objetado el uso del impuesto específico a los combustibles a los cuales como empresa de Transportes tiene todo el derecho usar, derivando de dicha objeción nuevos impuesto al global como asimismo la reintegración de impuestos devueltos a los cuales tiene derecho, de la misma forma que tiene derecho al específico de combustible impuestos devueltos a los cuales tiene derecho, de la misma forma que tiene derecho al especifico de combustible. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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