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Tribunal · solo Pro
SERVICIOS DE MAQUINARIAS QUIMAQ LIMITADA con SII
Fecha: 05-06-2026 · Materia: Liquidación · Juez: hernan_farias_sepulveda
ACOGE Ha Lugar
El TTA acogió la reclamación y anuló las liquidaciones Nos. 7 a 15 por haber sido emitidas por funcionarios del SII Talca sin competencia delegada, correspondiendo la facultad al Jefe de Unidad de Constitución.
El SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Nos. 7 a 15 (20.01.2023) contra Servicios de Maquinarias Quimaq Limitada, domiciliada en Constitución, por diferencias de IVA (períodos 2019-2020) y renta (AT 2020 y 2021), fundadas en el rechazo de crédito fiscal por facturas ideológicamente falsas de dos proveedores. La reclamante alegó, entre otros vicios, incompetencia de los funcionarios firmantes de Talca, pues la facultad habría sido delegada al Jefe de Unidad de Constitución.
El tribunal constató que la Resolución Ex. N°1970 de 1992 delegó en el Jefe de Unidad de Constitución la facultad de practicar liquidaciones respecto de contribuyentes de esa jurisdicción, y que dicha resolución derogó expresamente toda resolución anterior sobre la materia, incluyendo la Res. Ex. N°2172 de 1981 invocada por el SII. El SII no acompañó la Res. Ex. N°2172 ni la N°3311 al proceso. El tribunal aplicó el art. 41 de la Ley N°18.575, los arts. 17 bis, 20 y 42 del DFL N°7/1980 y el art. 6° B N°7 del Código Tributario, concluyendo que los funcionarios de Talca actuaron fuera de su compe
Se acogió la reclamación y se dejaron sin efecto las Liquidaciones Nos. 7 a 15 de fecha 20.01.2023, por incompetencia de los funcionarios firmantes. Sin costas para la reclamada por estimarse motivos plausibles para litigar.
“SERVICIOS DE MAQUINARIAS QUIMAQ LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL TALCA"
Rol · solo Pro
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Talca, cinco de junio de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A folios 39-58, comparece don CÉSAR ANTONIO BENAVENTE CORREA, RUT N°17.485.161-1, abogado, domiciliado en pasaje Sótero del Río N°508, oficina 811, de la comuna de Santiago , en representación de la contribuyente SERVICIOS DE MAQUINARIAS
QUIMAQ LIMITADA, RUT N°76.810.410-7, del giro de servicios forestales, comercialización de maderas, materiales de construcción y ladrillos, representada por don JOSÉ LUIS QUIROZ CASTILLO, RUT N°14.324.529-2, ambos con domicilio Parcela 468, San Ramón, de la comuna de Constitución, quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones Nos. 7 a 15 , de fecha 20.01.2023, emitidas por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos, las cuales determinaron diferencias de Impuesto al Valor Agregado respecto de los períodos de enero, marzo, abril, mayo, junio y agosto de 2019, y marzo de 2020; de Impuesto Único del inciso primero del artículo 21 y Reintegro del artículo 97, ambos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, correspondiente al año tributario 2020 y del período de junio de 2021, respectivamente, en base a los fundamentos que a continuación, resumidamente, se describen.
En primer lugar, según lo dispuesto en el N°8 del artículo 1° de la Ley N°20.322, que Fortalece y Perfecciona la Jurisdicción Tributaria y Aduanera, solicita se declare la Nulidad de Derecho Público tanto de la Citación N°115, de fecha 30.09.2022, como de las Liquidaciones Nos. 7 a 15, de fecha 20.01.2023, fundamentada en la falta de competencia de los funcionarios de la sede regional del Talca del S.I.I. , que suscribieron dichos actos y en la errónea identificación del contribuyente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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