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Tribunal · solo Pro
Inversiones e Inmobiliaria San Ignacio SpA con SII
Fecha: 17-06-2026 · Materia: Artículo 8 bis CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos contra resolución que declaró inadmisible solicitud de Revisión de Actuación Fiscalizadora, por estimar que contribuyente no acreditó vicios manifiestos exigidos legalmente.
Inversiones e Inmobiliaria San Ignacio SpA fue fiscalizada respecto del Impuesto de Primera Categoría 2023. Durante el procedimiento aportó antecedentes contables parciales, pero no documentación de respaldo individual de gastos. No respondió Citación N°30. Se emitieron Liquidaciones N°496051 y 496052 (28 octubre 2025). Contribuyente presentó solicitud de Revisión de Actuación Fiscalizadora (24 febrero 2026) alegando falta de motivación e error en cálculo de intereses. Resolución Exenta N°263.094 (12 marzo 2026) declaró inadmisible la solicitud. Contribuyente reclamó por vulneración de derecho
La RAF es procedimiento excepcional destinado a corregir vicios o errores manifiestos, no una nueva instancia de auditoría ni mecanismo paralelo para revisar liquidaciones. Examen de admisibilidad verifica si planteamientos satisfacen estándar mínimo legal. Vicio manifiesto es defecto ostensible, verificable prima facie, sin reabrir debate probatorio. Alegación de falta de motivación no constituye defecto ostensible sino discrepancia con valoración de antecedentes por el Servicio. Resolución impugnada expone claramente razones por qué alegaciones no satisfacen presupuesto habilitante. Circular
Rechazo total del reclamo por vulneración de derechos. No se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar.
PROCEDIMIENTO DE RECLAMO POR VULNERACIÓN DE DERECHOS
RECLAMANTE: INVERSIONES E INMOBILIARIA SAN IGNACIO SpA
RECLAMADA: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
CUANTÍA: NO APLICA
Temuco, diecisiete de junio de dos mil veintiséis.
VISTOS:
De fojas 1 a 6 , comparece don Steph ane Andre Dubois Herrera, abogado, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA SAN IGNACIO SpA, RUT N°76.950.166 -5, representada legalmente por doña Nathalie Andrea Acuña Jara, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas N°687, oficina 1405, comuna de Temuco, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 bis y 155 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo por vulneración de derechos en contra de la actuación emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos consistente en la Resolución Exenta N°263.094, de 12 de marzo de 2026, que declaró inadmisible la solicitud de Revisión de la Actuación Fiscalizadora presentada por dicha parte en contra de las Liquidaciones N°496051 y N°496052, emitidas el 28 de octubre de 2025.
Expone que la resolución impugnada constituye un acto ilegal y arbitrario, que vulnera especialmente el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, al impedir injustificadamente el acceso a un procedimiento administrativo destinado a corregir actos de fiscalización que, a su juicio, se encontrarían viciados.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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