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Tribunal · solo Pro
Transportes Roberto Pablo Mora Cabezas EIRL con SII
Fecha: 30-06-2026 · Materia: Resolución · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
RECHAZA No Ha Lugar
El Tribunal rechazó la reclamación contra la denegación de devolución de PPM por $350.716, confirmando la Resolución del SII al constatar que el contribuyente no acreditó subsanación de inconsistencias en declaración jurada 1943 ni omisión de créditos fiscal en Formulario 22.
Transportes Roberto Pablo Mora Cabezas EIRL, empresa de transporte de trabajadores en faenas agrícolas acogida a renta presunta, presentó declaración de impuesto a la renta AT2020 (Formulario 22) solicitando devolución de $350.716 por PPM. El SII retuvo totalmente la declaración por observaciones: falta de base imponible e impuesto de primera categoría en Formulario 22; crédito de $123.636 declarado en DJ 1943 pero no incluido en Formulario 22; y observaciones en DJ que distribuyen créditos por primera categoría. El contribuyente presentó rectificatoria que fue denegada por estar impugnada la
El Tribunal aplicó el artículo 21 del Código Tributario sobre carga de la prueba, estableciendo que corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones y desvirtuar con pruebas suficientes las impugnaciones del SII. Según artículo 132 del mismo código, la prueba se aprecia por sana crítica. El Tribunal concluyó que la prueba rendida por el reclamante es insuficiente: pantallazos ilegibles de declaración rectificada, avalúo fiscal y aviso de venta de vehículo no subsanan las inconsistencias detectadas en DJ 1943 ni acreditan la inclusión del crédito omitido en Formulario 22. La d
Se rechazó la reclamación contra Resolución Ex. 100233781 de 16.12.2022 del SII, confirmándola. No se condenó en costas a la parte perdidosa por haber tenido motivos plausibles para litigar. Se dispone cumplimiento administrativo de la sentencia por el Director Regional del SII.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 8 y siguientes, comparece don Paulo Francisco Romero Vásquez , abogado, Rut: 10.291.265-9, en representación de Transportes Roberto Pablo Mora Cabezas E.I.R.L , Rut: 76.805.931-4, representada por Roberto Pablo Mora Cabezas , Rut: 12.558.808 -5, mecánico, ambos con domicilio en calle Sotomayor n.° 19 de la comuna de Mulchén; quien deduce reclamo en contra de la Resolución Ex. n.° 100233781, de fecha 16.12.2022, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Comienza señalando, que la resolución reclamada declaró improcedente la devolución solicitada en declaración anual de impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2020, por la suma de $350.716.
Señala que la empresa se dedica al traslado de trabajadores en faenas agrícolas y, que, al presentar la declaración jurada obligatoria a contribuyentes acogidos a renta presunta, resultó ser observada.
Agrega que para el año tributario 2020, cumplió con su obligación de enterar los pagos provisionales que comprenden su actividad , conforme lo establecido en el artículo 84 y 91 de la ley de la Renta. Lo anterior, considerando el avalúo fiscal como base imponible , según el artículo 34 de la misma norma legal. Sin embargo, con fecha 07.04.2020, presentó la declaración anual de impuesto a la renta y con fecha 19.05.2020 se enteró que ésta fue retenida totalmente, por lo que con fecha 15.06.2020 , presentó una rectificatoria, la cual fue denegada, por encontrarse impugnada la declaración jurada 1943, por “Control a contribuyentes con declaraciones juradas impugnadas que otorgan créditos de impuesto de primera categoría”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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