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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES REAL PLUS LIMITADA con SII
Fecha: 26-08-2026 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo tributario contra liquidación de impuestos que agregó indemnizaciones por expropiación y seguro como ingresos gravados. El tribunal concluye que no hay doble fiscalización, que las indemnizaciones sobre bienes del giro tributan conforme art. 17 N°1 inciso segundo LIR, y que el contribuyente no acreditó suficientemente los costos tributarios para rebajar.
Inversiones Real Plus Limitada, tributaria sobre renta efectiva, fue objeto de liquidación de impuestos por $79.865.453 correspondiente al AT 2023. El ajuste se fundó en dos partidas agregadas a la pérdida de arrastre: (A1) indemnización por expropiación de $103.259.412 (AT 2020, Decreto Ley 2.186) y (A2) indemnización de seguro de incendio de $803.832.285 (AT 2021). Ambas habían sido declaradas como ingresos no renta. La empresa cuestiona que estas partidas ya fueron revisadas en fiscalización anterior del PPUA 2021 (Notificación N°202287) que concluyó favorablemente.
El tribunal concluyó que la fiscalización iniciada con Notificación N°202287 (enero 2022) tuvo objeto limitado: verificar correcta determinación del PPUA AT 2021 mediante comprobaciones aritméticas y de consistencia, sin requerir antecedentes específicos sobre origen, procedencia tributaria ni costos de las indemnizaciones. No se configura doble fiscalización prohibida por art. 8 bis N°5 CT. La indemnización por expropiación es renta según art. 17 N°1 inciso segundo LIR al recaer sobre bienes del giro. No aplican exenciones art. 49 Ley 16.391. La indemnización de seguro también es renta confor
Se rechaza reclamo tributario en todas sus partes. Se deja firme Liquidación N°487977 de 29 de abril de 2025. Se condena al reclamante en costas por haber sido completamente vencido.
Puerto Montt, veintiséis de agosto de dos mil veintiséis.
VISTOS,
A fojas 1, comparece don Patricio Alejandro Elías Sarquis, RUT N° 9.499.220- 6, abogado, en representación de INVERSIONES REAL PLUS
LIMITADA, RUT N° 76.440.290- 1, quien interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 487977 de fecha 29 de abril de 2025, notificada en la misma fecha, emitida por la Unidad Osorno de la X Dirección Regional Puerto Montt del Servicio de Impuestos Internos.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 1163,42;
Multa UTM 381,84; Reajuste UTM 0; Intereses UTM 109,36; Cuantía Bruta UTM 1654,62. En cuanto a los argumentos de hecho, se expone que con fecha 29 de abril de 2025 el ente fiscalizador notificó la Liquidación N° 487977, determinando diferencias relativas al Impuesto de Primera Categoría correspondientes al período abril del año tributario 2023 por la suma de $79.865.453, a lo cual se sumó un reajuste de $7.507.353 y una multa de $26.211.842, arribando a un cobro total girado de $113.584.647. Se detalla exhaustivamente que esta actuación administrativa fundamentó su génesis en un agregado a la Renta Líquida Imponible ascendente a $1.063.780.487, modificando el resultado tributario de la actora desde una pérdida declarada de $774.066.506 a una utilidad líquida de $289.713.981. Se precisa que dicho ajuste descansó exclusivamente sobre dos ope raciones catalogadas oficiosamente como ingresos omitidos, consistentes en la Partida A1, relativa a una indemnización por expropiación efectuada por el Servicio de Vivienda y Urbanización de Los Lagos por un monto de $103.259.412, imputada a la Renta Líquida Imponible del año tributario 2020; y la Partida A2, consistente en el pago de una póliza de seguro de incendio ascendente a $803.832.285, imputada a la Renta Líquida Imponible del año tributario 2021.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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