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Tribunal · solo Pro
QUIJADA GUTIÉRREZ con SII
Fecha: 27-08-2026 · Materia: Artículo 19 Nº 22 CPR
ACOGE Ha Lugar
Acogió reclamo por vulneración de derechos: anuló informe que cambió destino de inmueble de habitacional a apart hotel por falta de fundamentación y motivación suficientes del SII.
Don Jaime Quijada es propietario de departamento Rol 589-298 en Las Condes, arrendado desde 2015 a empresa que lo subarrienda para alojamiento temporal de ejecutivos. El SII ejecutó programa de fiscalización de bienes raíces en el edificio y emitió informe del 28.01.2025 modificando el destino del inmueble de habitacional a apart hotel, efectivo desde 01.01.2025, sin que procediera cambio formal en registros catastrales. Quijada reclama por vulneración de derechos argumentando falta de fundamentación del acto y pérdida de beneficios del DFL 2/1959 y exención de adulto mayor.
El tribunal concluyó que el Informe de Cierre N° 16328510 carece de motivación y fundamentación suficientes exigidas por la Ley 19.880, arts. 11 y 41. El informe solo describe etapas generales de fiscalización sin individualizar antecedentes específicos respecto del departamento de la actora ni explicitar el razonamiento para modificar su destino. La prueba testimonial acreditó que el inmueble se usa para alojamiento habitacional temporal de ejecutivos por períodos prolongados, sin servicios complementarios hoteleros. Los documentos del SII en juicio no subsanaron las deficiencias de fundament
Acogió reclamo por vulneración de derechos. Dejó sin efecto el Informe de Cierre N° 16328510 en cuanto determina cambiar destino a apart hotel por falta de fundamentación. Declaró que el inmueble debe mantener destino habitacional anterior. Ordenó al SII restablecer situación en registros catastrales y tributarios. No se pronunció sobre procedencia definitiva de beneficios tributarios. Sin condena
“QUIJADA GUTIÉRREZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE”
Rol · solo Pro
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Cuantía Neta UTM No aplica
Multa UTM No aplica
Reajuste UTM No aplica
Intereses UTM No aplica
Cuantía Bruta UTM No aplica
Santiago, a veintisiete de agosto de dos mil veintiséis
VISTOS.
I.- FASE DE DISCUSIÓN.
A.- RECLAMO.
Con fecha 14 de febrero de 2025, en folios 1-5vta, compareció Víctor Manuel
Sanhueza Gutiérez, abogado, en representación de don Jaime Antonio Quijada Gutierrez, C.I. N° 5.606.052-9, ambos domiciliados en Avda. Cristóbal Colón 6465 Depto. 1104, Las Condes, Región Metropolitana, quien en virtud de lo dispuesto en los artículos 155 y siguientes del Código Tributario en relación al artículo 8 bis N° 4 letra a) del mismo código, artículo 19 N° 22 de la Constitución Política de la República y a las instrucciones contenidas en la Circular N°12 de 2021, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, y demás disposiciones legales y administrativas que resulten pertinentes, interp uso reclamo por vulneración de derechos en contra de informe de cierre de orden de trabajo N ° 16328510 de fecha 28 de enero de 2025, notificada vía correo electrónico al contribuyente con esa misma fecha, emitida por el Departamento de Avaluaciones de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII, que modificó el destino del inmuebl e Rol N° 589-298 de HABITACIONAL a APART HOTEL a contar del 01 de enero de 2025, en consideración a los argumentos de hecho y derecho que expone. 1.- PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN 2023-2024. DEPARTAMENTO AVALUACIONES
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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