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Tribunal · solo Pro
ENTRETENCIONES BOETSCH S.A. con SII
Fecha: 07-09-2026 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones tributarias del AT 2018. El tribunal acredita la deducción de diferencias de cambio por préstamos de accionistas ($61.432.876) basado en cosa juzgada, pero rechaza gastos generales, depreciación y pérdida de arrastre por insuficiente acreditación.
Entretenciones Boetsch S.A. presentó declaración de renta AT 2018 con resultado positivo de $29.955.018. El SII emitió Citación N°303 cuestionando nueve partidas. Con fecha 30/08/2021 practicó liquidaciones Nos. 710 y 711 determinando diferencias de impuesto. La reclamante interpuso RAV que fue acogida parcialmente mediante Resolución Exenta N°144276 del 15/02/2022. Reclama ante tribunal dejando sin efecto las liquidaciones por falta de fundamentación y desacreditación de partidas Nos. 2, 7, 8 y 9.
El tribunal rechaza alegación de falta de fundamentación constatando que las liquidaciones contienen expresión formal de antecedentes fácticos y jurídicos que permitieron defensa del contribuyente. Respecto de diferencias de cambio ($63.187.621), acredita $61.432.876 por préstamos de accionistas aplicando cosa juzgada de sentencia ejecutoriada AT 2017 que validó efectividad de tales préstamos. Rechaza $1.754.745 por diferencia en cálculo de reajuste UF bancario conforme norma legal. Desacredita gastos generales por insuficiente documentación de canjes, consumos y arbitraje. Rechaza depreciació
Se acoge parcialmente reclamo: acredita diferencia de cambio por $61.432.876 en partida N°7. Se rechaza en todo lo demás respecto de partidas N°1, 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9. Se confirman liquidaciones Nos. 710 modificada y 711 según lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“ENTRETENCIONES BOETSCH S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, siete de septiembre de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 3, comparece doña Paula Alejandra Madariaga Leiva, cédula de identidad N°13.755.893-9, abogado, e n representación de ENTRETENCIONES BOETSCH S.A. , RUT N°76.000.772 -2, ambas domiciliadas en Coyancura N°2283, oficina 1502, comuna de Providencia, Región Metropolitana, quien, interpone reclamo en contra de las Liquidaciones Nos. 710 y 711, practicadas con fecha 30 de agosto de 2021, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , posteriormente modificadas por la Resolución Exenta N°144276, de fecha 15 de febrero de 2022, solicitando que sean dejadas sin efecto, y en su lugar, se establezca la procedencia de los gastos y deducciones objeto de las partidas N os. 2, 7, 8 y 9, declarados por la actora en el año tributario (en adelante, AT) 2018, y se confirme la determinación de la base imponible del Impuesto de Primera Categoría establecida en el Formulario N°22 (en adelante, F22), Folio N°238120368, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su libelo de reclamo titulado: “ANTECEDENTES GENERALES”, explica que la actora es una compañía cuyo objeto social es la explotación comercial de las construcciones, edificaciones y diseños de paisajismos, ejecutados en un terreno del Parque Araucano, mediante el arrendamiento de las instalaciones para el desarrollo de distintas actividades económicas y comerciales, concesión que le fue otorgada por la Ilustre Municipalidad de Las Condes, mediante Decreto Alcaldicio N°4.734, reducido a escritura pública con fecha 24/12/2007, por un lapso inicial de 20 años y sin perjuicio de prórrogas posteriores.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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