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Tribunal · solo Pro
TRAVERSO MARSILI con DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO ORIENTE
Fecha: 28-10-2013 · Materia: Liquidación · Juez: miguel_massone_pardo
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones por inversiones no justificadas, declarando prescrita partida por mayor valor en venta de bienes raíces y acreditando origen de fondos en otras inversiones mediante prueba documental.
SII liquidó diferencias de Impuesto a la Renta de Primera Categoría y Global Complementario del AT 2009, por origen de fondos no acreditados en: compra de bien raíz ($23.372.285), vehículo Audi ($30.579.777), mayor valor en venta de inmuebles ($20.511.003) e inversiones en fondos mutuos ($24.527.221). Contribuyente alegó mandato sin representación en compra inmueble, acreditó flujos mediante contabilidad y cartolas bancarias, y opuso prescripción respecto del mayor valor en venta.
Tribunal rechaza teoría del mandato sin representación por falta de prueba del flujo de fondos y ausencia de escritura de rendición de cuentas. Acoge prescripción de partida por mayor valor en venta, al no constar en citación la objeción específica, impidiendo ampliación del plazo del art. 200 CT. Acoge acreditación de inversión en vehículo y fondos mutuos por $20.000.000, $3.034.211 y $535.549 mediante comprobantes contables, cartolas bancarias y libro mayor que demuestran flujos entre contribuyente y Traverso S.A. Rechaza inversiones por $950.634 y $6.827 por falta de prueba idónea del orige
Acoge parcialmente reclamo. Ordena eliminar Partidas 1, 2 y 3 en su totalidad, y Partida 4 por $20.000.000, $3.034.211 y $535.549. Rechaza reclamo respecto de $950.634 y $6.827 de Partida 4. Ordena rectificar liquidaciones y girar impuestos conforme a lo resuelto. Sin costas.
“RENATO TRAVERSO MARSILI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, veintiocho de octubre de dos mil trece.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Cristóbal Riffo Rubio, cédula nacional de identidad N° 12.146.692-9, domiciliado en El Regidor N° 66, Piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en representación de don Renato Óscar Traverso Marsili, Rol Único Tributario N° 8.617.176-7, empresario, domiciliado para estos efectos en Pedro de Valdivia N° 858, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien interpone, conforme al procedimiento general de reclamaciones, reclamo en contra de las liquidaciones N°307 y 308 (R), emitidas el 30 de agosto de 2012, por el Grupo N°3 del Departamento de Fiscalización de Personas y Micro-Pequeñas
Empresas de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, por concepto de diferencias de Impuesto a la Renta de Primera Categoría y Global Complementario, respecto de las cuales solicitó revisión de la actuación fiscalizadora, cuya resolución denegatoria del Servicio de Impuestos Internos fuera notificada el día 30 de enero de 2013, quien solicita que, luego de los trámites de rigor, sean dejadas sin efecto o, en su defecto, se ordene su rectificación de conformidad al mérito del proceso.
En el Capítulo Primero de su libelo de reclamo describe los antecedentes y actuaciones en que se fundan las liquidaciones reclamadas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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