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Tribunal · solo Pro
Inostroza Ibañez con SII
Fecha: 22-11-2013 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra reavalúo de bien raíz no agrícola por falta de fundamentación adecuada del valor unitario del metro cuadrado y prorrateo de bienes comunes.
Laura Inostroza reclama contra reavalúo de oficina en Paseo Estado 57, Santiago (Rol 25-506). Adquirió el inmueble por $19 millones en 2008, con avalúo fiscal de $20.265.664. El SII lo reavalúa en $51.038.846, componiendo el avalúo en $13.018.603 de unidad y $38.020.243 de prorrateo de bienes comunes. La reclamante alegó que los bienes comunes son accesorios a la unidad y su prorrateo es excesivo, casi duplicando el valor de compra.
El tribunal rechaza el argumento de que los bienes comunes son accesorios, conforme a la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria. Sin embargo, concluye que el SII no probó adecuadamente la base imponible, específicamente: no fundamentó el valor unitario del metro cuadrado ($3.253.192), los coeficientes de construcción, ni el porcentaje de prorrateo. El tribunal constata violación de los principios de imparcialidad y transparencia de la Ley 19.880, causando indefensión del contribuyente. Considera el acto administrativo arbitrario por falta de fundamentación de hecho y derecho, incumpliendo adem
Ha lugar al reclamo. Se deja sin efecto el reavalúo de autos. No se condena en costas. Se ordena notificación mediante carta certificada y publicación íntegra en sitio del Tribunal.
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“INOSTROZA IBÁÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro cav
Santiago, veintidós de noviembre de dos mil trece.
VISTOS,
Uno. A fojas 1 , con fecha 31 de mayo de 2013 , comparece LAURA DEL CARMEN
INOSTROZA, RUT N° 10.083.902-4, ingeniero civil, domiciliada en Paseo Estado N° 57 oficina 105, interponiendo reclamo en contra del nuevo avalúo realizado por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, RUT N° 60.803.300-9, representada legalmente por don Bernardo Seaman González, Director Regional, cédula de identidad N° 6.976.504-1, ambos domiciliados en Alonso de Ovalle N° 680, Santiago (en adelante el Servicio) , por haber incurrido en un error de cálculo consistente en que el prorrateo del avalúo de bienes comunes es extremadamente superior al avalúo de construcciones (del inmueble), debiendo ser inferior, por corresponder a una porción o cuota de la avaluación de l inmueble ubicado en Estado 57 oficina 505 , Rol 25-506 de la comuna de Santiago.
Dos. La reclamante argumenta que es dueña del inmueble indicado y derechos en proporción al valor de lo adquirido, lo que ratifica la calidad de accesorio de estos últimos. Destaca que el valor comercial del inmueble, pagado en la compraventa, no supera los 20 millones de pesos y que el reavalúo prorrateado es casi el doble, 38 millones y fracción. Indica la contribuyente que lo principal en una avaluación es el inmueble en s í y lo accesorio correspondería a la porción o cuota que dicho inmueble tiene sobre los bienes comunes, por lo cual el valor de estos necesariamente debe representar un valor menor. Por lo tanto, el Servicio, al invertir tal calidad, calcula erróneamente, provocando que aumente las contribuciones y un enriquecimiento sin causa para la Municipalidad y un empobrecimiento para ella. Por lo anterior, la reclamante solicita al tribunal que se corrija esta situación.
Tres. A fojas 5 el 20 de junio se constituye patrocinio y poder.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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