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Tribunal · solo Pro
PAVON TORRES con SII
Fecha: 26-11-2013 · Materia: Resolución · Juez: luis_alfonso_perez_manriquez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación por devolución de $808.336 por crédito de contribuciones de bienes raíces en IR 2010, por falta de prueba fehaciente de cumplimiento de requisitos legales.
José Luis Pavón Torres (interdicto) presentó declaración de renta 2010 incluyendo ingresos de arriendo de bienes raíces heredados por $16.739.286, reclamando devolución de crédito por contribuciones pagadas de $1.381.946, resultando saldo a favor de $808.336. El SII rechazó la devolución mediante Resolución N°113000001428 de 10.09.2012. El contribuyente presentó solicitud de revisión de actuación fiscalizadora, rechazada por falta de representación válida mediante Resolución N°491 de 24.12.2012.
El tribunal analiza si procede el crédito por contribuciones de bienes raíces contra impuesto de primera categoría conforme al artículo 20 letra d) y f) del DL 824. Aunque reconoce facultades de revisión integral de actos administrativos en sede contencioso-tributaria, concluye que el reclamante no acreditó fehacientemente el cumplimiento de requisitos legales: no acompañó contabilidad simplificada declarada, no probó dominio con copias simples, no acreditó pago efectivo de contribuciones ni su reajuste según IPC. El tribunal rechaza la posición restrictiva del SII sobre prueba, pero considera
Se rechaza la reclamación y se confirma la Resolución N°113000001428 que deniega la devolución de $808.336. No se condena en costas al reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
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“PAVON TORRES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT: GR-15-000044 – 2013
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil trece.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Uno.- Que a fojas 1 de autos comparece doña Dolores del Pilar Pavón Torres , RUT: 5.198.672-5, médico cirujano, en representación de su hermano JOSÉ LUIS PAVÓN TORRES, RUT 8.432.834-0, personería conforme Resolución del Segundo Juzgado Civil de Santiago de fecha trece de Octubre de 1986 en que se declara la interdicción de éste, ambos domiciliados para estos efectos en Jorge Washington N° 210, departamento 706, comuna de Ñuñoa , interponiendo reclamo ante este Tribunal Tributario y Aduanero conforme al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las actuaciones que más adelante se individualizan actos realizados por el Director Regional de Santiago Centro, Sr. Bernardo Seaman González, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen: 1.- Con fecha 01 de Marzo de 2012 su representado presentó su declaración de renta A T 2010 en la que se incluyen ingresos de Primera Categoría por concepto de arriendo de bienes raíces adquiridos por herencia de sus padres, ascendentes a $16.739.286.-afectándole un impuesto renta de $2.845.679.- menos un crédito de $1.381.946.- por concepto de contribuciones de bienes raíces pagadas en el año en que se originaron las rentas. Por efectos de la liquidación correspondiente resultó un saldo a favor de mi representado de $808.336.-2.- Con fecha 10 de Septiembre de 2012, el Director Regional de Santiago Centro dictó la Resolución N°Ex 113000001428 mediante la cual declara improcedente la devolución del saldo a su favor solicitada por su representado con ocasión de su Declaración de Renta AT 2010.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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