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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA VALMAR LTDA. con SII
Fecha: 28-11-2013 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola ; Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de avalúo al reconocer error en determinación del frente del inmueble: 119 metros versus 20,32 metros reales, ordenando corrección con coeficiente de ajuste 0,80.
Inmobiliaria Valmar Ltda. reclama del avalúo asignado al inmueble Rol N° 7023-42 de Talcahuano en Proceso de Reavalúo General de Bienes Raíces No Agrícolas 2013. Sostiene que el frente registrado es de 119 metros cuando en realidad es de 20,32 metros, lo que incide en el factor frente/fondo que debería ser 0,8 en lugar de 1,0. El Servicio de Impuestos Internos sostiene que la información proviene de actualización del contribuyente de 2002 sin posteriores modificaciones formales. En visita inspectiva posterior, funcionarios del SII constatan el error y reconocen que el frente correcto es 20,32
El tribunal recibe la causa a prueba con hecho controvertido sobre la efectividad de errores en la determinación del bien. La reclamante acompaña planos de subdivisión aprobados. El órgano fiscalizador no acompaña documentación inicial. Posteriormente, el SII reconoce mediante inspección que existe error en la información catastral: el frente es de 20,32 metros (por calle Vasco Núñez de Balboa) y no 119 metros como constaba. Por este error corresponde aplicar coeficiente 0,80 conforme Resolución N° 132/2012. Al reconocer el ente fiscalizador la pretensión reclamante, se extingue la controversi
Se acoge el reclamo. Ordena modificación de tasación fiscal corrigiendo frente de 119 a 20,32 metros y aplicando coeficiente de ajuste 0,80 por relación frente-fondo. SII debe determinar correctamente nuevo avalúo. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Concepción, veintiocho de noviembre de dos mil trece.
VISTOS:
A fs. 54 y siguientes , comparece don Mario Felipe Rojas
Sepúlveda, Abogado, RUT N° 9.028.035 -K, en representación de la INMOBILIARIA VALMAR LIMITADA, RUT N° 89.902.900 -3, ambos domiciliados para estos efectos en calle Trinitarias N° 159, Concepción. Expresa que, conforme al artículo 1 49 del Código Tributario reclama del avalúo asignado al inmueble Rol N° 7023 -42 de la Comuna de Talcahuano, fundado en la causal establecida en el número 2 de la señalada norma legal. Agrega que, conforme al nuevo avalúo exhibido, el inmueble Rol N° 7023-42 de la Comuna de Talcahuano tendría un frente de 119 metros, en circunstancias que este sería de 20,32 metros, ello tendría como consecuencia que el factor frente /fondo debería ser de 0,8 y no de 1,0 como figura en el nuevo avalúo exhibido y en virtud de ello se modifique el avalúo asignado al rol señalado de la manera que resulte de la aplicación del factor corregido; subsidiariamente que se modifique el avalúo asignado al inmueble referido, rebajando su valor conforme al mérito del proceso. Con costas.
A fs. 58, se tuvo por interpuesto el reclamo en contra del inmueble Rol N ° 7023-42 de la comuna de Talcahuano , y se agregaron al proceso los documentos acompañados. Además, se confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos para contestar.
A fs. 61, se tuvo presente la delegación de poder conferida.
A fs. 63 y siguientes, comparece la Directora Regional de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, quien confiere patrocinio y poder.
A fs. 65 , se tuvo presente y por acreditada la personería de la Directora Regional de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. En la misma resolución se tuvo presente el patrocinio y el poder conferido.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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