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Tribunal · solo Pro
Sanhueza Mulchi con SII
Fecha: 12-12-2013 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de contribuyente por pérdida de facturas sustraídas de vehículo estacionado en vía pública, confirmando infracción por custodia negligente de documentación tributaria.
Domingo Sanhueza Mulchi, agricultor, estacionó su vehículo en Nueva Imperial el 6 de septiembre de 2013. Su camioneta fue objeto de robo, sustraéndose un maletín que contenía talonarios de facturas (números 1710 a 1760). El contribuyente denunció los hechos ante Carabineros y Fiscalía, publicó el extravío en diarios de circulación nacional y notificó al SII dentro del plazo legal. El SII cursó acta de denuncia por infracción calificando la pérdida como no fortuita, lo que fue reclamado ante el Tribunal.
El Tribunal determinó que la configuración de caso fortuito requiere características de imprevisibilidad e irresistibilidad conforme al artículo 45 del Código Civil. Aunque se acreditó el robo mediante denuncias, publicaciones y avisos, el reclamante no aportó antecedentes probatorios suficientes demostrando haber adoptado medidas adecuadas de resguardo. La documentación tributaria se encontraba en vehículo estacionado en vía pública sin justificación comercial clara. El contribuyente tiene obligación legal de custodia y conservación según artículo 17 del CT, debiendo aportar al SII todos los
Se rechaza la reclamación. Se confirma acta de denuncia folio 77313002937 de 26 de septiembre de 2013 por infracción al artículo 97 N°16 inciso primero del CT. Se aplica multa de 5 unidades tributarias mensuales. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Temuco, doce de diciembre de dos mil trece.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Domingo Armando Sanhueza
Mulchi, agricultor, cédula de identidad N° 11.128.195 -5, domiciliado en calle Inés de Cordova N° 145, Nueva Imperial, quien interpone reclamo en procedimiento especial de aplicación de ciertas multas, en contra de l acta de denuncia de infracción folio N° 77313002937, de 26 de septiembre de 201 3, practicada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Expone al efecto, que con fecha 6 de septiembre de 2013, estacionó su camioneta patente CRYS -24 en el estacionamiento del edificio Torre Caupolican, en el que viven sus hijas, y al momento de llegar al vehículo, se percató que había sido destruido el vidrio izquierdo de la puerta trasera, siéndole sustraido un maletín que contenía un talonario de facturas de ventas. Agrega, que ante estos hechos, se comunicó con Carabineros, quienes tomaron el procedimiento, derivando los antecedentes a la Fiscalía de Temuco, según parte N° 5661, en donde se establece que el interior del maletín se encontraban dos talonarios de facturas, que contenían las Nos. 1710 a 1759 emitidas y 1760 sin emitir. Señala además, que con fecha 13 de septiembre del año en curso dio aviso de este hecho al Ser vicio de Impuestos Internos, acompañando la mencionada denuncia y las publicaciones efectuadas, y el 26 del mismo mes se le cursó la infracción que reclama, la cual estimó que la pérdida del talonario de facturas fue no fortuita y de carácter grave, debido a que no se acompañaron antecedentes suficientes. Concluye expresando que ha realizado gestiones para identificar a los autores del delito, ya que en el maletín existían además varios talonarios de cheques.
Solicita finalmente tener por presentado reclamo y que la pérdida del talonario de facturas se considere fortuita.
A fojas 18, se provee la reclamación confiriendo traslado al Servicio de Impuestos Internos por el término legal.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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