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Tribunal · solo Pro
COBS COBS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 03-03-2014 · Materia: Giro · Juez: cesar_verdugo_reyes
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo contra giros de impuesto, confirmando que fueron emitidos por solicitud voluntaria del contribuyente en rectificación de declaraciones, sin que operara caducidad ni prescripción.
Benito Enrique Cobs Cobs, propietario de restaurante, fue fiscalizado en 2011 detectándose diferencia entre boletas de venta y registros en libro de compras-ventas. Requerimiento según Ley 18.320 de junio 2012. Contribuyente presentó antecedentes en julio 2012. En junio 2013 rectificó voluntariamente sus declaraciones de IVA de períodos 2009-2010, solicitando emisión de giros por diferencias determinadas. Giros notificados 14 y 18 de junio 2013. Reclama alegando caducidad y prescripción de la acción fiscalizadora por plazo de tres años vencido.
Tribunal analiza que los giros fueron emitidos a petición expresa y voluntaria del contribuyente en acto de rectificación de declaraciones conforme artículos 36 bis y 24 del Código Tributario. Consta en expediente declaración rectificatoria firmada ante funcionario del SII y testimonio de fiscalizadora que confirma contribuyente decidió rectificar tras conocer alternativas. Aunque contribuyente alega presión, pidió días para consultar en familia y concurrió voluntariamente al Servicio. Plazo de prescripción aplicable es el de seis años por declaración maliciosamente falsa (artículo 200 CT), vi
Se rechaza el reclamo y se confirman los giros de impuesto. Se condena al reclamante al pago de costas del juicio. Notificación por carta certificada.
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RESUMEN:
PARTES: BENITO ENRIQUE COBS COBS CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reclamo de Giros
PROCEDIMIENTO: General de Reclamación
La Serena, tres de marzo de dos mil catorce.
VISTOS:
Que, a fojas 3 6 y siguientes, con fecha tres de octubre del año 2013 , comparece don Gonzalo Phillips del Pozo , abogado, c édula de identidad N° 10.143.029-4, en representación de BENITO ENRIQUE COBS COBS , cédula de identidad N°6.513.298-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle Las Rojas Poniente N° 302 , La Serena, expresando que viene en deducir reclamo , conforme a aclaración de fecha 8 de octubre de 2013, que rola a fojas 54, en contra de giros de impuesto folios 50825860 -7 año tributario 2010, por el monto de $19.862.704; 556002586 periodo 06/2009, por el monto de $2.929.726; 556003476, periodo 07/2009, por el monto de $4.681.593; 550602306 periodo 08/2009, por el monto de $2.740.343; 5506025636 periodo 09/2009, por el monto de $4.533.191; 5506026896 periodo 10/2009, por el monto de $4.797.114 ; 5506028026 periodo 11/2009, por el monto de $2.877.913; 5506033716 periodo 12/2009 por el monto de $4.634.625 y 5506212506 periodo 12/2009, por el monto de $206.841, notificados, con fecha 14 de junio de 2013 el primero de los giros individualizados y 18 del mismo año y mes los restantes, efectuados por la Unidad de Illapel de la IV Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos La Serena, con expresa condena en costas, conforme los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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