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Tribunal · solo Pro
SCHWEITZER ARAVENA con SII
Fecha: 10-04-2014 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo tributario y deja sin efecto resolución del SII que negaba devolución de $64.332.856 por gasto en remuneraciones, por falta de fundamento suficiente y vaguedad de la resolución impugnada.
Justo Schweitzer Aravena, contribuyente de primera categoría, declaró en 2012 gastos por remuneraciones de $417.962.336. El SII rechazó su solicitud de devolución de saldo a favor de $64.332.856 mediante Resolución 209109000005 de 19 de noviembre de 2012, alegando que el monto declarado podría ser excesivo y que el contribuyente no aportó antecedentes suficientes. El reclamante presentó posteriormente libros de remuneraciones, declaraciones juradas rectificadas y documentación contable respaldatoria.
El tribunal establece que conforme al artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, los gastos deben acreditarse fehacientemente. Aunque el contribuyente debe probar sus afirmaciones (artículo 21 CT), la resolución administrativa impugnada carece de fundamentos claros y precisos sobre por qué el monto sería excesivo, limitándose a mencionar una observación sin especificar. La documentación aportada por el reclamante (libros de remuneraciones, balances, formularios 1887) resulta idónea para acreditar que el gasto coincide con registros contables y declaraciones previas. El SII no refutó estos a
Se acoge el reclamo de Justo Schweitzer Aravena. Se deja sin efecto la Resolución Exenta 209109000005 de 19 de noviembre de 2012. Se ordena la devolución de $64.332.856 por saldo a favor del año tributario 2012. Se condena en costas al SII por no tener motivo plausible para litigar.
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Temuco, diez de abril de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don JUSTO SCHWEITZER ARAVENA, cédula de identidad N° 9.725.196-7, con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat N° 847, Oficina 801, Temuco, quien interpone reclamo en contra de la Resolución N° 209109000005, emitida el 19 de noviembre de 201 2 por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, la cual declara improcedente la d evolución de un saldo a favor ascendente a la suma de $ 64.332.856.- solicitado en su declaración de renta correspondiente al año tributario 2012, denegatoria que el ente fiscalizador funda en el hecho que la contribuyente no aportó los antecedentes necesarios para proceder a verificar la exactitud de la información consignada en la dicha declaración, por cuanto el monto utilizado como gasto por remuneraciones a que se refiere el N° 6 del artículo 31 de la L ey de Impuesto a la Renta declarado en el recuadro N° 2, Código 631 , podría ser excesivo. El reclamante funda su libelo en los argumentos que seguidamente se pasan a exponer:
Señala que efectivamente a la fecha de dictación de la Resolución recurrida, existía una diferencia producto de la demora en efectuar una corrección en la Declaración Jurada formulario N° 1887 en relación al monto de las remuneraciones pagadas durante el ejercicio. Agrega que para darle solución a este problema administrativo, con fecha 29 de noviembre de 2012 se presentó la corrección a la declaración jurada referida, salvando los errores cometidos en la declaración original.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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