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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD INVERSIONES BASCON LIMITADA con SII
Fecha: 28-07-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza devolución de $2.958.137 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas porque contribuyente no acreditó pérdidas tributarias ni acompañó documentación exigida en notificación de fiscalización.
Inversiones Bascon Limitada solicitó devolución de $2.958.137 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas en declaración de renta 2014. SII notificó el 9 de julio 2014 para comparecer el 31 de julio con documentación sobre pérdidas tributarias y créditos de Primera Categoría. La contribuyente no concurrió a la citación. SII rechazó la devolución mediante Resolución Exenta N°109201000016 de 20 de noviembre 2014. La contribuyente interpuso recurso de reposición que fue rechazado.
El tribunal estableció que en materia tributaria rige el principio de autodeclaración, imponiendo responsabilidades al contribuyente: declarar y acreditar sus operaciones con documentación, libros de contabilidad u otros medios legales. El SII tiene facultad para revisar declaraciones dentro de plazos de prescripción. Para solicitudes de devolución de PPUA por absorción de pérdidas, SII dispone de 12 meses para fiscalizar y resolver, plazo que requiere que el contribuyente presente todos los antecedentes solicitados. La pérdida tributaria declarada de $17.400.804 no fue acreditada adecuadament
NO HA LUGAR al reclamo. Se confirma Resolución Exenta N°109201000016 de 20 de noviembre 2014 que rechazó devolución de $2.958.137. Se condena en costas a la reclamante por falta de motivo plausible para litigar.
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Temuco, veintiocho de julio de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don CRISTOPHER MARCHANT BOCAZ , abogado, con domicilio en calle A rturo Prat N°301, oficina 301 , Temuco, en representación de INVERSIONES BASCON LIMITADA , RUT N° 77.169.330-K, del giro de su denominación, con domicilio en calle Holandesa N°0700 de la misma ciudad, quien interpone reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 109201000016 emitida por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 20 de noviembre de 2014, la cual no dio lugar a la devolución de un saldo a favor ascendente a $ 2.958.137.-solicitado en la declaración de renta correspondiente al año tributario 201 4, por concepto de Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que expone: I.- Antecedentes de hecho:
Refiere el reclamante que con fecha 7 de mayo de 2014 , su representada presentó ante el Servicio de Impuestos Internos su declaración de impuesto a la renta en la que solicitó la devolución del Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas por la suma de $2.958.137. Señala que el ente fiscalizador mediante notificación N°140201242, de 9 de julio de l mismo año , formuló observaciones a dicha declaración, según el siguiente detalle:
A21 El crédito de Impuesto de Primera Categoría del Ejercicio, registrado en el Código [626] y [939] del F22, no debe ser mayor al generado y/o recibido de terceros en el ejercicio. B21 El remanente y saldo de FUT declarado en el recuadro N°6 del F22, en los códigos [774], [931], [775] o [284] no corresponden con lo declarado en los códigos [231], [318] o [232] del F22 del año anterior en contribuyentes distintos a Sociedades Anónimas.
F64 Su declaración ha sido seleccionada a objeto de revisar Capital Propio Tributario positivo declarado en el código [645] del Formulario 22.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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