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Tribunal · solo Pro
CASTILLO AREVALO con SII
Fecha: 22-04-2014 · Materia: Liquidación · Juez: francisco_orellana_rivera
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones del SII por incumplimiento de deberes tributarios y falta de acreditación de operaciones, sin vicios de legalidad en la actuación fiscalizadora.
Contribuyente dedicada a obras menores de construcción fue fiscalizada por el SII en 2011. El Servicio detectó inconsistencias en facturas (posiblemente falsas), compras ajenas al giro, crédito fiscal sin respaldo y doble contabilización. Se requirió aporte de documentación contable (libros mayores, diarios, inventarios, etc.) para períodos dic. 2008 a nov. 2011. La contribuyente aportó solo parcialmente documentos en febrero 2012. Sin cumplimiento total, se emitió Citación N° 20 (julio 2012) para rectificar declaraciones. La contribuyente respondió en septiembre 2012 sin aportar documentos ni
El tribunal establece que su función no es efectuar nueva auditoría sino verificar legalidad de la actuación fiscal. La revisión jurisdiccional está limitada por el acto impugnado y sus fundamentos; no puede fallar conforme presupuestos fácticos distintos. El contribuyente debe probar con documentos fidedignos la verdad de sus declaraciones (art. 21 CT). Corresponde al SII examinar libros y documentos para verificar exactitud de declaraciones (art. 60 CT). La contribuyente no cumplió con aportar la documentación obligatoria en la fiscalización administrativa. Al no aportar antecedentes requeri
Rechaza el reclamo. Mantiene a firme las Liquidaciones N° 286 a 327 del SII. Condena en costas a la reclamante conforme art. 144 CPC.
1
ISABEL MAGDALENA CASTILLO AREVALO
RUT 10.156.823-7
Valparaíso, veintidós de abril de dos mil catorce
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don PEDRO HERRERA
PARRA, abogado, RUT 16.218.762 -7, domiciliado en Serr ano N° 63 oficina 45, comuna de Santiago, en representación de doña ISABEL CASTILLO AREVALO, RUT número 10.156.823 -7, domiciliada en José María Caro 119 Padre Hurtado, comuna de Llay Llay, del giro obras menores de construcción (tratamientos térmicos y conversión de hornos industriales), quien interpuso reclamo en contra de las liquidaciones N° 286 a 327, notificadas con fecha 17 de diciembre del año 2012, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que las liquidaciones reclamadas tienen su origen en facturas impugnadas por el Servicio atendido que la reclamante no ha dado cumplimiento a los requerimientos exigidos a objeto de acreditar el derecho al crédito fiscal declarado y utilizado.
2. Luego agrega que en la oportunidad procesal que corresponda, acompañará toda la documentación consistente en antecedentes y libros contables, registros auxiliares y documentación respaldatoria, que da cuenta de las operaciones respecto de las cuales tuvo derecho al crédito fiscal, por los períodos fiscalizados correspondientes a diciembre 2008 a mayo 2012.
3. Conforme todo lo anterior, solicita tener por deducido el reclamo y dejar sin efecto las liquidaciones materia de autos.
A fojas 10 y siguientes compareció doña ÉRICA MORALES
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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