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Tribunal · solo Pro
WEIQING LIU con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-06-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte Modificatorio
Reclamo por errores en avalúo fiscal del rol 85-159. SII clasificó construcción como hormigón armado clase 1B cuando es albañilería reforzada clase 4, tasando a $343.616/m² en lugar de $106.225/m². Tribunal rechaza el reclamo.
WEIQING LIU es usuario asignatario de ZOFRI en el Recinto Amurallado II. Construyó un galpón de 3.125 m² sobre lote asignado del predio matriz rol 85-01. SII asignó rol individual 85-159 en 2012, avaluándolo en $956.169.082 (segundo semestre 2012) y $1.115.922.320 (primer semestre 2013). Reclamante cuestiona: (1) que SII asignó rol sin subdivisión predial inscrita, tratando etapas constructivas como predios independientes; (2) clasificación incorrecta como hormigón armado cuando es albañilería reforzada; (3) tasación a $343.616/m² que supera en 200% el valor real; (4) no consideró que carece d
El tribunal acoge la respuesta del SII. Determina que: (1) Existe plano de división confeccionado por ZOFRISA, protocolizado en Conservador de Bienes Raíces, que sirvió de base legal para asignación de roles individuales, no siendo necesaria inscripción de subdivisión por tratarse de arrendamiento, no transferencia de dominio. El lote resultante es un 'bien raíz' conforme al artículo 1° de la Ley de Impuesto Territorial, cumpliendo el requisito legal. (2) La Ley de Impuesto Territorial no exige plano de subdivisión inscrito para asignar roles (artículos 1° y 3°). (3) Conforme a Resolución Ex.
Se rechaza el reclamo presentado por WEIQING LIU en contra del avalúo fiscal del rol N°85-159 de la Comuna de Iquique. Se confirma el avalúo fiscal del SII por no encontrarse acreditados los errores alegados en las causales del artículo 149° números 2 y 3 del Código Tributario.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro
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WEIQING LIU
RUT N°14.660.393-9
Iquique, dos de junio del dos mil catorce.
A fs. 1 comparece don SERGIO SALAS ARRIAGADA, abogado, en representación de WEIQING LIU, ambos domiciliados en calle Bolívar Nro. 202, oficina 901, Iquique, quien reclama de avalúo fiscal del rol N°85-159 de la Comuna de Iquique, en razón a los antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer:
Causa de la Reclamación:
La causal y/o fundamento legal de la reclamación se encuentra consagrada en lo dispuesto en el Art. 149°, numerales 2 y 3, del Código Tributario; esto es:
a) Aplicación errónea de las tablas de clasificación del bien gravado o de parte del mismo, así como en cuanto a la superficie de las diferentes calidades del terreno.
b) Errores de transcripción, copia y/o cálculos.
Antecedentes de la Asignación de Roles:
La ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A., como empresa concesionaria del Estado y titular exclusiva de la administración del sistema franco de Iquique, en un proceso de expansión, decidió construir el denominado Recinto Amurallado II, optando por la modalidad de asignación de porciones determinadas de tierra para cada empresa, todo dentro de un paño único de terreno inscrito a mayor cabida, sin realizar 1 2 subdivisión predial y que corresponde al Rol de Avalúo Fiscal 85-01, de la Región de Tarapacá, Comuna de Iquique.
Estas etapas constructivas fueron desarrolladas por usuarios del sistema a quienes les asignaron una parte o porción de tierra de este paño signado como el Rol 85-01, siendo obligación del usuario asignatario el pago de las contribuciones territoriales que en derecho procedían, según una cláusula contractual fijada por ZOFRI
S.A.; es decir, los usuarios debían pagar proporcionalmente las contribuciones del bien raíz signado como Rol de avalúo 85-01.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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