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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA BARÓN LIMITADA con SII
Fecha: 10-06-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZAAvalúo +2.000M No Ha Lugar No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de avalúo de bien raíz no agrícola por insuficiente acreditación de errores en aplicación de tablas de clasificación de terreno y construcciones.
Inmobiliaria Barón Limitada reclama el reavalúo del inmueble Rol 0001-0025, ubicado en Sector Barón, Valparaíso, con superficie de 18.710 m², destinado a bodegaje y almacenaje. El SII determinó avalúo de terreno por $2.490.058.706 y construcciones por $232.997.975, totalizando $2.723.056.681, conforme a Resolución Exenta N°132/2012. La reclamante cuestiona la aplicación de coeficientes correctores de terreno (superficie, frente-fondo, circunstancias excepcionales) y la calidad de las construcciones.
El tribunal constata hechos no controvertidos respecto de la propiedad, ubicación y características del inmueble. Analiza la normativa aplicable (Ley N°17.235, Código Tributario art. 149, Resolución Exenta N°132/2012). Respecto del frente-fondo, verifica que conforme al método reglamentario (fondo = superficie/frente = 18.710/74 = 252,837 m; relación = 74/253 = 0,292), el factor 0,9 ya fue correctamente aplicado. Las circunstancias excepcionales invocadas no se encuentran en factores específicos de la Resolución N°132. En construcciones, advierte que el SII no acreditó técnicamente el método d
Se rechaza el reclamo de fojas 1 y se mantiene a firme la actuación reclamada. No se condena en costas a la reclamante por considerar que tuvo motivo plausible para litigar.
1
INMOBILIARIA BARÓN LIMITADA
RUT 76.059.650-7
Valparaíso, veinte de mayo de dos mil catorce
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don GUSTAVO
EDUARDO JEA NNERET MARTÍNEZ , RUT Nº 7.665.432 -8, abogado, en representación de INMOBILIARIA BARÓN LIMITADA , sociedad de giro de su denominación, RUT N° 76.059.650 -7, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida España 781, ciudad de Valparaíso, quien interpuso Reclamo de Avalúo en conformidad a los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, en contra de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, respecto del inmueble Rol 0001-0025, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Argumenta que en el reavalúo del inmueble existe una aplicación errónea de las tablas de clasificación del terreno y de las construcciones.
2. Expone que el valor erróneo del terreno aparentemente se fundaría en el Plano de Precios de Terreno, Reavalúo 2013 , correspondiente al valor definido para el Área Homogénea TBB127, y que el error en las construcciones, aparentemente se fundaría en la clasificación y calidad otorgada conforme la Resolución Exenta N°132/2012 en cuanto al detalle de las construcciones Líneas 1, 2 y 3, del anexo certificado de avalúo detallado de los galpones estructurados en acero.
Indica que corresponde la aplicación de un coeficiente corrector de terreno por las siguientes circunstancias:
a) SUPERFICIE: Le correspondería un factor de 0,9, puesto que la dimensión del inmueble es mayor a la máxima y menor o igual a dos veces la máxima, de acuerdo al rango de lotes del Área Homogénea.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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