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Tribunal · solo Pro
DUFEU DELORME y otro con SII
Fecha: 03-07-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de avalúo por error en clasificación de inmueble. Propiedad con construcciones fue erróneamente incluida en reavalúo de no habitacionales siendo habitacional.
Ricardo León Burgos y Olivier Dufeu Delorme reclaman avalúo del inmueble ROL 7003-28 en Viña del Mar. El SII clasificó erróneamente el bien como sitio eriazo no habitacional, cuando en realidad León Burgos reside permanentemente desde 2007 con construcciones habilitadas. En noviembre 2011 presentaron planos al SII. El bien fue incluido en reavalúo de bienes raíces no agrícolas no habitacionales con avalúo de $212.406.510 vigente desde 01.01.2013.
El Tribunal constata que no existe controversia respecto de que el inmueble corresponde a un bien raíz de segunda serie no agrícola con destino habitacional, de 8.374 metros cuadrados, con construcciones. El SII aplicó erróneamente las tablas de clasificación al incluirlo en el reavalúo de no habitacionales cuando debería haber sido tasado como habitacional. No se dio correcta aplicación de los supuestos legales y reglamentarios de las Leyes 17.235, 20.455 y 20.650. Conforme sana crítica y multiplicidad de antecedentes, la actuación reclamada no cumplió los requisitos exigidos por las normas.
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la actuación reclamada. El SII debe asignar avalúo conforme cambio de destino con vigencia desde 01.01.2012, de $149.020.426. Se devuelven sumas pagadas en exceso. No se condena en costas estimando motivo plausible.
1
DUFEU DELORME OLIVIER
RUT 5.375.545-3
Valparaíso, tres de julio de dos mil catorce.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareci eron don RICARDO LEÓN
BURGOS, RUT Nº 5.033.812 -6, ingeniero, domiciliado en calle Caburga 107c, Los Pinos, Reñaca, Viña del Mar, Región de Valparaíso , y don OLIVIER DUFEU DELORME, RUT N° 5.375.545 -3, ingeniero, domiciliado en calle Alaria 255, Jardín del Mar, Viña del Mar, Región de Valparaíso, quienes interpusieron Reclamo de Avalúo en contra de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. La parte reclamante deduce su reclamación respecto del inmueble ROL N° 7003 -28, invocando la causal número 2 del artículo 149 del Código Tributario.
2. Alega que el inmueble está erróneamente clasificado como “sitio eriazo” por el Servicio de Impuestos, a gregando que don Ricardo León Burgos vive en forma permanente en el lugar desde el año 2007, con construcciones habilitadas que comparte con su familia.
3. Señala que en noviembre del año 2011, don Ricardo
León Burgos llevó al Servicio de Impuestos Internos los planos y datos correspondientes a las edificaciones construidas.
4. Conforme lo anterior, s olicita se regularice el destino de la propiedad y se reintegre n en forma retroactiva los recursos ya pagados como contribuciones del bien raíz, por estar erradamente clasificada la propiedad. A fojas 10 y siguientes compareció doña ÉRICA MORALES
LÁRTIGA, Directora Regional del S ervicio de Impuestos Internos, Rol Único Tributario número 06.917.345 -4, en representación de la V DIRECCIÓN
REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, ambos domiciliados en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, solicitando el rechazo del reclamo en atención a las siguientes consideraciones:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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