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Tribunal · solo Pro
ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 04-07-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de tasación de bien raíz no agrícola por no acreditarse indivisibilidad del terreno ni detrimento patrimonial conforme a Circular N° 7 de 2013.
Asociación Chilena de Seguridad reclama el avalúo de inmueble Rol N° 822-11, Talca, ubicado en calle 4 Norte N° 1610, con destino salud, avaluado en $592.904.206 ($314.744.120 terreno, $278.160.086 construcciones). El terreno tiene 2.584 m² en Área Homogénea HMB024 con rango máximo de 200 m². Reclamante alega que debe aplicarse coeficiente corrector 0,7 por superficie y considera el terreno indivisible por funcionalidad de clínica, solicitando reducción a $498.480.970.
El Tribunal establece que la Circular N° 10 de 2006 no es vigente para el reavalúo de 2013, siendo aplicable Circular N° 7 de 2013. El factor corrector 0,7 no se encuentra en los ajustes reglamentados de la Resolución Exenta N° 132 de 2012 (factores por superficie, frente-fondo, altura y excepcional). Aunque Circular N° 7 permite ajustes excepcionales por características no consideradas en el Área Homogénea si afectan negativamente el valor, la indivisibilidad alegada no fue acreditada con prueba técnica experta. No se probó detrimento patrimonial requerido para factor excepcional. El Oficio N
Se rechaza reclamo tributario interpuesto. Se confirma avalúo del SII por $592.904.206. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar. Se ordena cumplimiento administrativo del fallo.
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“ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, cuatro de julio de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 11 y siguientes, comparece don MARIO SILVA POBLETE , RUT N° 9.894.283-1, abogado, en representación convencional de la ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD, RUT N° 70.360.100 -6, Corporación de Derecho Privado, Administradora del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. El Golf N° 40, piso 20 , de la comuna de Las Condes, Santiago, quien interpone reclamo conforme al Procedimiento de Reclamo de Avalúo de Bienes Raíces, contemplado en los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, en contra de l avalúo efectuado en el proceso de reavalúo de los bienes raíces de la serie no agrícola con destino no habitacional, con vigencia a partir del 01.01.2013, respecto del inmueble de propiedad de su representada, Rol N° 822-11, de la comuna de Talca, a fin que se modifique en los términos que indica, con costas.
Expone que fundamenta su reclamación en las causales 1 y 2 previstas en el inciso segundo del artículo 149 del Código Tributario, esto es: 1° Determinación errónea de la superficie de los terrenos y construcciones, y 2° Aplicación errónea de las tablas de clasificación, respecto del bien gravado, o de una parte del mismo así como la superficie de las diferentes calidades de terreno.
Indica que el S.I.I. informó que se ha asignado, a partir del 01.01.2 013, a la propiedad antes singularizada, con destino salud, un avalúo total de $ 592.904.206, el que se descompone en $314.744.120 correspondiente al terreno y $278.160.086 a las construcciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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