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Tribunal · solo Pro
ASESORIAS E INVERSIONES RITOQUE LTDA con SII
Fecha: 15-07-2014 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza devolución de PPUA por no acreditarse inversión en el extranjero ni pérdida tributaria declarada, pese a confirmar error en retiros presuntos que se autoriza rectificar.
Asesorías e Inversiones Ritoque Limitada solicitó devolución de $37.963.382 por PPUA en AT 2012, producto de pérdida tributaria de $107.115.951 derivada de inversión de US$1.000.000 en Ritoque Rodeo Inc. (EE.UU.) que se perdió totalmente por crisis subprime. SII rechazó devolución por no aportar antecedentes requeridos mediante notificación, calificando declaración como no fidedigna. Contribuyente reconoció error en declaración de retiros presuntos por $1.000.000 de exceso.
Tribunal analiza fundamentación de resolución del SII concluyendo que fue suficientemente fundada conforme Ley 19.880. Respecto al fondo, determina que contribuyente no acreditó la inversión en el extranjero ni la pérdida tributaria, pues: 1) documentación acompañada no permite establecer conexión entre préstamo bancario y adquisición de inmuebles; 2) no consta época ni instrumento de adquisición de inmuebles ni origen de fondos; 3) rol de entidades intermedias no fue explicado; 4) contabilidad presentada no viene firmada según exige Art.20 CT; 5) tratándose de contribuyente obligado a contabi
Ha lugar parcialmente al reclamo. Se autoriza rectificar Formulario 22 AT 2012 reduciendo retiros presuntos de $3.394.849 a $2.394.849. Se confirma Resolución N°113000000211 que rechaza devolución de PPUA por no acreditarse pérdida tributaria.
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“ASESORIAS E INVERSIONES RITOQUE LIMITADA CON SII, DIRECCIÓN REGIONAL
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
LAPM/cav
Santiago, quince de julio de dos mil catorce
VISTOS:
Uno. A fojas 1 con fecha 8 de marzo de 2013, comparece Carlos Martínez Concha, abogado, cedula nacional de identidad N° 8.794.106 -K, en representación de ASESORIAS E INVERSIONES RITOQUE LIMITADA , RUT N° 78.385.540 -2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5435, piso 4, Las Condes, (en adelante Ritoque, la reclamante o la Sociedad) interponiendo reclamo tributario en contra de Resolución Exenta N° 113000000211 de fecha 19 de Noviembre de 2012 (en adelante la Resolución) de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, representada por don Rómulo Gómez
Sepúlveda, Director Regional, ambos domiciliados en Alonso de Ovalle N° 680, Santiago (en adelante el Servicio, el SII o el reclamado), apoyando su acción en los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
Antecedentes de la Resolución
La resolución indica que la reclamante no acompañó los antecedentes requeridos para verificar la exactitud de la Declaración de Impuesto a la Renta , Formulario 22 Folio N° 232385152, correspondiente al a ño tributario 2012 (en adelante AT 2012), por lo cual la Declaración se consideró "no fidedigna", por lo cual no se acredita la pérdida tributaria y/o los créditos por concepto de impuesto de Primera Categoría", lo que impide considerar como pago provisional el impuesto a la Renta de Primera Categoría con que se vieron afectadas en su oportunidad, las utilidades tributarias generadas en ejercicios anteriores.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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