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Tribunal · solo Pro
TORREALBA ANDRADE con SII
Fecha: 22-08-2014 · Materia: Liquidación · Juez: miguel_andres_massone_pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidación de impuesto global complementario por no justificar fehacientemente origen de fondos para inversión inmobiliaria.
Mario Alejandro Torrealba Andrade fue fiscalizado por inversiones realizadas en 2009, incluyendo bien raíz por $118.107.552. El SII determinó $64.662.386 no justificados. Se emitió Liquidación N°222(R) por $55.018.626. Tras RAF, se desvirtuó parcialmente $21.600.000. El reclamante argumentó que fondos provenían de depósito a plazo de $42.267.225 a favor de Agrícola El Clarillo Limitada, rescatado el 27 de diciembre de 2007, días antes de la compra inmobiliaria del 5 de febrero de 2008.
El tribunal desestimó el argumento sobre errores de cálculo en la Resolución RAF N°9272, señalando que no constituye acto administrativo final reclamable conforme a artículos 123-124 CT, siendo procedentes solo los recursos de la Ley N°19.880. Respecto de la justificación de fondos, el tribunal consideró que los documentos aportados (depósito a plazo y cartola bancaria) son insuficientes porque constan a nombre de Agrícola El Clarillo Limitada, persona jurídica distinta del reclamante, sin acreditarse transferencia de fondos hacia este último. La prueba no satisface la carga de acreditar el or
Se rechaza íntegramente el reclamo, confirmándose la inversión no justificada de $64.662.386 más corrección monetaria en bien raíz Rol N°1938-268. Se condena en costas al reclamante.
“TORREALBA ANDRADE, MARIO ALEJANDRO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Oriente”
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
Santiago, veintidós de agosto del dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Mario Alejandro Torrealba Andrade , Rol Único Tributario N°8.399.040 -6, pensionado, domiciliado en Avenida Kennedy N°5700, Departamento N° 1001, comuna de Vitacura, Región Metropolitana , quien interpone reclamo en contra de la Liquidación N°222 (R), emitida con fecha 12 de diciembre del 2012 , por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
Comienza su reclamo exponiendo que con fecha 26 de abril de l 2012, mediante la Citación N°120 (R), fue requerido para acreditar el origen de los fondos destinados a financiar diversas inversiones, en cumplimiento de la Operación Renta AT 2009 .
Explica que el 30 de julio del 2012, se emitió la Liquidación N°222 (R), por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicios de Impuestos Internos, por la suma de $55.018.626, sirviendo como base de cálculo las siguientes inversiones: a) Inversión en bien raíz Rol N°1938-268, de la comuna de Providencia, por la suma de $118.107.552 (sum a no justificada $64.662.386); b) Inversión en el bien raíz Rol N°2405-28, de la comuna de Valdivia, por la suma de $54.000.000, más corrección monetaria; c) Inversión en Fondos Mutuos por $25.120.427.
Expresa que se solicitó la Revisión de la Actuación Fiscalizadora , que dio como resultado la dictación de la Resolución Exenta N° 9272, la cual ordenó de jar sin efecto parcialmente la liquidación reclamada, desvirtuando $21.600.000 y manteniendo un monto de $33.418.626 para efectos de recálculo de impuesto.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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