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Tribunal · solo Pro
Yampara Ortega con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 06-10-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar Modificatorio
Se acoge reclamo de menor de edad contra infracción por no portar guía de despacho al transportar mercaderías, al determinar que no es contribuyente del IVA ni tiene obligaciones tributarias por carecer de iniciación de actividades.
El 19 de junio de 2014, funcionarios del SII fiscalizaron a Jasmin Yampara Ortega (17 años) conduciendo un vehículo con mercaderías (frutas y verduras) desde Valle de Azapa hacia Terminal Agrícola del Norte. La menor indicó desconocer la identidad del dueño de las mercaderías y que solo le solicitaron mover el vehículo. No portaba guía de despacho ni factura ni licencia de conducir. Se cursó infracción N° 1170941. Posteriormente, en Carabineros, su hermana presentó una guía de despacho.
El tribunal analizó el artículo 97 N° 10 del Código Tributario en relación con artículo 55 inciso final del DL 825. Concluyó que la denunciada no es contribuyente del IVA: es menor de edad, carece de iniciación de actividades ante el SII, no posee peculio profesional ni administra bienes propios. Por tanto, no puede ser sujeto pasivo de obligaciones tributarias relacionadas con venta de bienes. Además, desconocía la identidad del propietario de las mercaderías. El SII no probó el elemento doloso requerido por la infracción. Se aplicó presunción de inocencia y sana crítica en la valoración de p
Se acoge el reclamo interpuesto y se deja sin efecto la Infracción N° 1170941 notificada el 19 de junio de 2014, por no haberse configurado la infracción del artículo 97 N° 10 del CT en relación con artículo 55 DL 825.
RUC: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
En Arica, a seis de Octubre de dos mil catorce.
VISTO:
Uno.- El escrito, de siete de julio de dos mil catorce, rolante a fs. 1, mediante el cual doña ELVIRA ORTEGA TUPA , RUT Nº 14.664.321-3 de extranjería , nacionalidad boliviana, en representación de su hija menor de edad JASMIN YESSENIA YAMPARA ORTEGA, Cédula Nacional de Identidad N° 19.493.754 -7, diecisiete años de edad, ambas domiciliadas en calle Río Mapocho N° 566 , comuna y ciudad de Arica, mediante el cual interpone reclamo en contra de la Notificación de Infracción Nº 1170941, de 19 de Junio de 2014, siendo las 21:15 hrs., notificada personalmente a menor, en calidad de chofer, por incurrir en la conducta sancionada en el articulo 97 N°10 inciso 1° en relación con lo dispuesto en el artículo 55 inciso final del DL 825 Ley sobre impuesto a las Ventas y Servicios, infracción consistente en EL NO OTORGAMIENTO DE GUIAS DE DESPACHO, FACTURAS, …. SIENDO RESPONSABLE SOLIDARIO QUIEN TRANSPORTE LAS ESPECIES CUANDO NO IDENTIFIQUE AL VENDEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO
SUJETO DEL IMPUESTO. De la notificación de infracción, rola copia a fs. 3, acompañada por la parte reclamante.
Fundamenta su reclamo en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho:
1. Que, el día 19 de junio de 2014, estando la menor con su hermana (mayor de edad) y el pololo de ésta en el terminal del agro arreglando el puesto para cerrarlo, les avisaron que había personas afuera rondando el vehículo en que se encontraban las mercaderías, por lo que decidió por su cuenta , tomar las llaves del vehículo, s in que su hermana se diera cuenta, y moverlo desde el lugar donde estaba hacia el interior del patio de camiones por temor a que lo robaran.
2. Al ingresar el vehículo al patio de camiones, funcionarios del SII la detuvieron y llamaron a Carabineros a eso de las 20:30 hrs. Quien procedió a detenerla y trasladarla a la Primera Comisaría.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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