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Tribunal · solo Pro
RESTAUTANT VITTAMINA LTDA con SII
Fecha: 28-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirma infracción por omisión de emisión de boleta de venta. El tribunal rechaza el reclamo de Restaurant Vittamina y condena a multa del 300% del monto y clausura de un día.
El 28 de febrero de 2014, funcionarios del SII fiscalizaron el restaurante Vittamina Ltda. durante punto fijo nocturno (22:30 a 01:45 horas). Constataron que los documentos de control interno no cuadraban con las boletas emitidas durante ese día. Un cajero, por inexperiencia y falta de coordinación con el administrador, omitió emitir una boleta de venta por $47.100 correspondiente a una cuenta del almuerzo pagada con efectivo y cheque restaurant. La boleta fue emitida posteriormente a petición de los fiscalizadores. El 1 de marzo de 2014 se notificó la infracción del artículo 97 N°10 del CT.
El tribunal estima que el contribuyente debe responder por infracciones cometidas por sus dependientes en el establecimiento, conforme al artículo 98 del CT. La inexperiencia del cajero no exime de responsabilidad, pues admitir lo contrario entregaría una causal eximente para todos los casos en que materialmente no ejerza la función el contribuyente, permitiendo abusos contra la buena fe y la certeza jurídica del ente fiscalizador. Se aplican principios constitucionales penales conforme los cuales la sanción debe ser proporcional a la falta. El artículo 97 N°10 establece multa del 50% a 500% d
Se rechaza en todas sus partes el reclamo y se confirma la Notificación de Infracción Folio N°1149531. Se condena a Restaurant Vittamina al pago de multa ascendente al 300% del monto de la operación y a clausura del establecimiento por un día. Se condena en costas a la reclamante.
“RESTAURANT VITTAMINA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Juan José Perusina Fernández, ingeniero comercial , Rol Único Tributario N°12.264.924-5, en calidad de representante legal de Restaurant Vittamina Limitada , Rol Único Tributario N°76.167.305 -K, ambos domiciliados en García Pica N°7176, comuna de Las Condes , quien, conforme a lo establecido en el artículo 165 del Código Tributario, deduce r eclamo en contra de la Notificación de Infracción, Formulario 3294, Folio N°1149531, emitida y notificada el día 01 de marzo de 2014 , actuación obrada por el Servicio de Impuestos Internos, conforme los antecedentes de hecho y derecho que indica.
Expone que el día 01 de marzo de 2014, a las 19:30 horas, funcionarios del SII concurrieron al local mencionado, encontrando una copia de venta emitida por un computador por $47.100, procedieron a retirarla y consultar si era una venta del día , hecho que les fue confirmado, y luego se quedaron haciendo punto fijo hasta alrededor de la 01:30 de la madrugada, comunicándoles en ese momento que habían cometido una infracción.
Explica que normalmente el puesto de cajera lo ocupan dos personas de planta, quienes no habían asistido ese día por motivos de fuerza mayor, de modo que , por emergencia y por ser día viernes, un garzón ocupó la caja.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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