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Tribunal · solo Pro
Hormazabal Navarrete con SII
Fecha: 30-12-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Marco Antonio Pontigo Donoso
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de contribuyente contra multa por no emisión de boleta por monto total recibido ($100.000) por servicios de reparación de cremalleras, confirmando infracción del artículo 97 N°10 del CT.
El 01 de abril de 2013, Eduardo Hormazabal Navarrete prestó servicios de reparación de cremalleras de vehículo. Recibió transferencia de $100.000 desde tarjeta Redcompra del cliente, pero emitió boleta solo por $50.000. Alegó que los otros $50.000 correspondían a reparación efectuada por taller externo independiente. Cliente denunció ante SERNAC por falta de boleta completa, lo que originó fiscalización del SII y notificación de infracción N°0995912 el 11 de octubre de 2013.
El tribunal acreditó que el reclamante recibió $100.000 por los servicios prestados el 01 de abril de 2013, pero solo emitió boleta por $50.000, configurando infracción objetiva al artículo 97 N°10 del CT que no requiere acreditar dolo o culpa. No se acreditó en juicio la existencia de contrato independiente con taller externo que justificara emisión fraccionada de boletas. La obligación de emitir documentación tributaria correcta es accesoria del contribuyente. Se consideraron circunstancias atenuantes: ausencia de reincidencia y perjuicio fiscal no grave, aplicándose sanción mínima permitida
Se rechaza reclamación. Se acredita infracción del artículo 97 N°10 del CT. Se impone multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales y clausura de 1 día del establecimiento. Se declara que no hay costas.
CAUSA : HORMAZABAL NAVARRETE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, TREINTA DE DICIEMBRE DOS MIL CATORCE.
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de 30 de Octubre de 2013, de don EDUARDO HORMAZAB AL NAVARRETE , cédula de identidad nacional N°5.052.289-k, con giro de v enta de artículos electrónicos para automóviles, domiciliado en Avenida Bernardo O´Higgins N° 355, comuna de Rancagua, por la cual reclama en contra de la Notificación de Infracción N° 0995912 emitida con fecha 11 de Octubre 2013, por el Servicio de Impuestos Internos --en adelante para efectos de esta sentencia, indistintamente denominado como el “Servicio”, el “SII” o el “Sii”--, fundando su pretensión en los antecedentes de hecho y de derecho, que resumidamente se pasan a exponer.
Sostiene el reclamante , que con fecha 11 de octubre de 2013, fue notificado de la multa tipificada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario, a través de formulario N° 0995912, disponiendo de 15 días hábiles para interponer descargos en contra de la multa.
Indica el reclamante , a fin de explicar las razones de la infracción, que el día 01 de abril de 2013, se presentó en su local, un cliente, el cual, necesitaba cambiar las cremalleras de su vehículo, ante lo cual, se le dio a conocer el presupuesto por un repuesto nuevo, que lo rechaza solicitando que sólo se repare n las cremalleras, ante lo cual, lo contactan con el taller que se dedicaba a dicha actividad, y en donde ellos se pusieron de acuerdo en el monto de la reparación. Expone también, que como el cliente en esos momentos no disponía de efectivo, realizó una transferencia a cuenta del reclamante desde su “Redcompra” por la suma de $100.000 , pagando los servicios del reclamante y los del taller e xterno. Indica que su trabajo consistió en sacar las cremalleras, llevarlas para su reparación e ir a buscarlas una vez arregladas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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