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Tribunal · solo Pro
DUQUE SUAREZ con SII
Fecha: 27-01-2017 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra infracción por no emisión de guía de despacho. Transportista circulaba con 3.500 repollos sin documento tributario que ampare el traslado.
El 14 de septiembre de 2016, en el peaje de Angostura, fiscalizadores del SII controlaron a Víctor Julio Duque Suarez transportando repollos hacia la feria Lo Valledor. El contribuyente circulaba sin documento tributario (factura, boleta o guía de despacho) que amparara el traslado de 3.500 repollos a $300 cada uno. El contribuyente alega haber exhibido guía de despacho N°312 por 2.700 repollos a $90 cada uno, circunstancia que los fiscalizadores niegan. El SII cursa infracción por no emisión de documento tributario.
El tribunal acredita mediante testimonio del funcionario fiscalizador Leonardo Marchant Riveros que el contribuyente transportaba 3.500 repollos a $300 por unidad sin documento tributario. Rechaza la versión del reclamante sobre la exhibición de guía de despacho N°312, privilegiando el testimonio del ministro de fe que participó en la fiscalización. Concluye que se verifican los supuestos de hecho del artículo 97 N°10 del Código Tributario, siendo procedente la infracción por no emisión de factura, boleta o guía de despacho en los casos y formas exigidos por ley. Considera circunstancias atenu
Rechaza reclamo contra Notificación de Infracción N°1361655. Acredita infracción contenida en artículo 97 N°10 del Código Tributario. Aplica multa de 15 unidades tributarias mensuales y 1 día de clausura. Condena en costas al reclamante.
CAUSA : “DUQUE SUAREZ con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de don VÍCTOR JULIO DUQUE SUAREZ , RUT N°6.833.415-2, giro Transportista Agricultor, domiciliado en Lote 1 Parcela 11, Proyecto Santa Luisa, Requinoa, por la cual solicita dejar sin efecto Notificación de Infracción N°1361655, de fecha 14 de septiembre de 2016, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, en adelante el “Servicio” o el “SII”, fundando su presentación en los antecedentes que resumidamente se exponen a continuación.
Señala el reclamante, que el día 14 de septiembre de 2016, prestando servicios de transporte a la Sociedad Comercial MB Ltda RUT 76.217.289-5, en el trayecto desde Requinoa a feria Lo Valledor de Santiago con una carga de 2700 unidades de repollo a un precio estimado de venta de $90 cada uno, fue fiscalizado por el funcionario del SII individualizado en la notificación que reclama, el cual lo infracciona por no emitir documento tributario que respalde la operación comercial, situación que no se condice con la realidad, ya que en ese momento se le presentó al funcionario la guía de despacho N°312 de la Sociedad MB Ltda., dueña de la mercadería, la cual no es considerada. Además, el funcionario efectúa una retasación de las especies a 3500 unidades de repollo a razón de $300 cada una, sin siquiera realizar un mínimo conteo de las mercaderías.
Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 16 5 del Código Tributario solicita dejar sin efecto la Notificación de Infracción N°1361655, de fecha 14 de septiembre de 2016.
En el primer otrosí de su presentación, acompañó copia de la Notificación de Infracción N°1361655 y copia de la Guía de Despacho N°312.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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