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Tribunal · solo Pro
Aguilar Aguilar con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 05-03-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra infracción por no emisión de boletas en arriendo de cabañas. Anula la infracción respecto a pasajera chilena y confirma solo la de pasajera extranjera sin IVA, imponiendo multa de $44.000.
Claudio Aguilar Aguilar, administrador de cabañas en Valdivia, fue notificado de infracción N°1243261 por no emitir boletas/facturas por arriendo de dos cabañas del 4 al 6 de enero de 2015. El Servicio detectó: una operación de ciudadana argentina Vanina Said que pagó en dólares sin IVA y otra de chilena Nathaly Martínez. El reclamante acompañó boletas N°3162 y 3163 emitidas en esas fechas y argumentó desconocimiento sobre documentación exenta para extranjeros.
El Tribunal estimó que las boletas acompañadas corresponden a la operación con Martínez Rubio, acreditado por cotejo con registro de pasajeros y declaración jurada notarial de la huésped. Respecto a la operación con extranjera, rechazó el argumento de desconocimiento, considerando que el contribuyente tenía inicio de actividades desde 2007. Desestimó argumentos del SII sobre fiscalización de dos meses por carecer de respaldo en la notificación que solo menciona dos días específicos. Consideró agravante el conocimiento que debería tener de obligaciones tributarias y atenuante el bajo perjuicio
Acoge parcialmente el reclamo. Deja sin efecto la infracción por arriendo a chilena. Confirma infracción por no emitir factura exenta respecto a ciudadana argentina. Condena a multa de $44.000 (100% del monto de operación de $44.000) y clausura de 2 días. No condena en costas por no ser vencido completamente.
Valdivia, cinco de marzo de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 1 y siguiente , comparece don CLAUDIO RIGOBERTO AGUILAR
AGUILAR, RUT N° 12.200.217-9, domiciliado en calle Baquedano N°608 de Valdivia, Administrador de cabañas del mismo domicilio. Interpone reclamo en contra de la Notificación de I nfracción N°1243261, por infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario, consistente en no haber emitido boletas por el arriendo de dos cabañas por dos noches del cuatro al seis de enero de 2015 , solicitando se deje sin efecto la multa de $100.000 y los dos días de clausura.
Señala que con fecha 9 de enero de 2015, a las 21:45 horas, se presentaron funcionarios Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos , los que fueron atendidos por doña Alejandra Cerda Olea, persona que desarrolla funciones de mucama. La dependiente les entregó el Libro de Ventas, el Registro de Pasajeros y el talonario de Boletas. El Servicio le pidió a doña Alejandra que llenara una boleta por la noche del cuatro de enero de 2015 para dos cabañas que supuestamente no habrían sido cobradas . La dependiente, de acuerdo a lo solicitado , emitió la boleta N°3164 por $100.000. Tras la revisión, el Servicio dejó la Notificación de la Infracción N°1243261 por no emitir boleta y/o factura para dos cabañas por dos noches según Registro de Pasajeros del día 04 de enero de 2015, y una citación para presentarse en la s oficinas del S ervicio el día 16 de enero de 2015. Dicho día, se le comunicó que el valor total de la multa a pagar es de $300.000, con la posibilidad de condonar parcialmente dicha multa en $100.000. - y dos días de clausura.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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