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Tribunal · solo Pro
Lombardi Lombardi con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-03-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza nulidad de liquidación que obligó a contribuyente a tributar por renta efectiva, pero acoge subsidiariamente el reclamo ordenando reliquidación con base imponible de $58.589.440 en lugar de $113.098.222.
Aldo Ernesto Antonio Lombardi Lombardi, agricultor arrendatario de bien raíz de Inmobiliaria Torre S.A., declaró renta presunta en 2011. El SII dictó Liquidación N°168 (26/08/2014) por $19.495.872 más reajustes e intereses, obligándolo a tributar por renta efectiva con contabilidad completa, basándose en que la arrendadora tributa por renta efectiva. El contribuyente impugnó administrativamente y dedujo reclamo judicial argumentando que debería aplicarse norma especial del artículo 20 N°1 letra c) LIR relativa al arrendamiento de predios agrícolas.
El tribunal analiza la estructura del artículo 20 N°1 LIR y concluye que la letra c) es norma especial aplicable al arrendatario de bienes raíces agrícolas, primando sobre la letra b). Determina que el contribuyente está obligado a tributar por renta efectiva, no por renta presunta, al superar el límite de 1.000 UTM en ventas anuales (4.042,615 UTM) y ser titular de más de 10 acciones de la arrendadora. Sin embargo, rechaza la base imponible del SII de $113.098.222 por omisión de costos de mano de obra según artículo 30 LIR, considerando como plausible la contabilidad presentada por el contrib
Se rechaza la nulidad de la Liquidación N°168. Se acoge subsidiariamente el reclamo ordenando al SII reliquidar el impuesto usando base imponible de $58.589.440. No se condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
En Arica, a treinta y uno de marzo de dos mil quince.
VISTO:
A fojas 1 y siguientes, don JOSE IGNACIO PALMA SOTOMAYOR, abogado, domiciliado en Arica, calle Arturo Prat N°391, Oficina 118, en representación de la sucesión de los bienes quedados al fallecimiento de don ALDO ERNESTO ANTONIO LOMBARDI LOMBARDI, agricultor, Cédula Nacional de Identidad N° 2.862.021-7, conforme los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce Reclamo en contra de la Liquidación N° 168 de fecha 26 de agosto de 2014, de la DIRECCIÓN REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA DEL SII, representado por su Directora Regional doña KATIA MUÑOZ CASTILLO, Ingeniero Comercial, ambos domiciliados en esta ciudad, calle Prat N° 305, notificada el 28 de agosto de 2014, y en cuya virtud se estableció para el Año Tributario 2011, un impuesto a la Renta de Primera Categoría ascendente a $ 19.495.872, que con reajustes e intereses alcanza la suma total de $ 34.749.442 al 31 de agosto de 2014, solicitando se ordene anular en todas sus partes la liquidación, manteniendo como válida y a firme la declaración de renta que presentó como contribuyente, que tributa bajo el régimen de renta presunta por el año tributario 2011, Folio 85755421, sobre la base de los siguientes argumentos de hecho y de derecho que citan a continuación.
Citación N° 13.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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