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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL FRUBERRIES LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 08-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT; Artículo 97 N° 6 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Fruberries contra multas por pérdida no fortuita de documentación y falta de reconstitución contable, confirmando infracciones del artículo 97 N° 16 del Código Tributario.
Fruberries comunicó al SII la pérdida de documentación tributaria (facturas, libros de compraventa y contabilidad) ocurrida el 6 de febrero de 2014, un día antes del vencimiento del plazo para presentar antecedentes requeridos por fiscalización. El SII calificó la pérdida como no fortuita por haber ocurrido después de un requerimiento de antecedentes. Asimismo, la empresa no reconstituyó la contabilidad dentro del plazo de 30 días otorgado mediante Resolución Exenta N° 77314029468 notificada el 28.02.2014.
El tribunal analizó si los actos eran extemporáneos por una orden de no innovar decretada en otro proceso paralelo de vulneración de derechos. Concluyó que no existe extemporaneidad porque la orden de no innovar fue levantada el 9 de mayo de 2014 y los actos impugnados fueron notificados el 2 de julio de 2014, más de 30 días después. Se consideró que ambos procesos son independientes. Respecto de la pérdida no fortuita, se aplicó la presunción legal del inciso segundo del artículo 97 N° 16 CT: cuando el aviso de pérdida es posterior a un requerimiento del SII, se presume no fortuita. La empres
Se rechaza el reclamo tributario. Se confirma el Acta de Denuncia N° 25081553 por pérdida no fortuita, imponiéndose multa de $1.297.200 (30 UTM). Se confirma Notificación de Infracción N° 1202550 por no reconstituir contabilidad, imponiéndose multa de $43.240 (1 UTM). No se condena en costas.
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“SOC. AGRÍCOLA Y COMERCIAL FRUBERRIES LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, ocho de abril de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 5 y siguientes, comparece don RAMÓN RAFAEL ACUÑA RODRÍGUEZ, RUT N° [RUT reservado], asesor tributario, domiciliado en calle 13 ½ Poniente N° 13, Población Ampliación Talca N° 2 Sector La Florida, Talca, en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL FRUBERRIES LIMITADA, RUT N° 76.001.267 -K, del giro de su denominación, domiciliada en Avenida Ramón Freire N° 4447, de la comuna de Romeral, quien interpone reclamo conforme al Procedimiento Especial para la Aplicación de Ciertas Multas, contemplado en el artículo 165 del Código Tributario, a fin que se deje sin efecto el Acta de Denuncia de Infracción N° 25081553 y la Notificación de Infracción N° 1202550, ambas de fecha 02.07.2014, emitidas por la VI I Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos , por las infracciones previstas en los incisos segundo y cuarto, letra b), ambos del artículo 97 N° 16 del Código Tributario, esto es, por pérdida no fortuita de documentación y por no reconstituir la contabilidad respecto de los antecedentes que señala.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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