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Tribunal · solo Pro
DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE con PROELEC SPA
Fecha: 28-05-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: oscar_renato_merino_maturana
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma acta de denuncia por uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal y gastos, configurando delitos tributarios. Condena a multas por perjuicio causado.
El SII fiscalizó a PROELEC S.P.A. y detectó que el contribuyente registró y declaró facturas falsas del proveedor Vásquez Hermanos Limitada en múltiples períodos tributarios (julio, agosto, octubre, noviembre 2013 y febrero 2014). Las facturas fueron contabilizadas con montos significativamente mayores a los reales y dirigidas a otros clientes. El contribuyente aumentó indebidamente su crédito fiscal y gastos para reducir su carga tributaria. El representante legal del proveedor confirmó en declaración jurada que las facturas no fueron emitidas por su empresa.
El tribunal constató que corresponde al SII probar sus alegaciones bajo presunción de inocencia. Se acreditó mediante cotejo de facturas, libros de compra-venta, declaraciones F29 y declaración jurada del proveedor que las 16 facturas cuestionadas son material e ideológicamente falsas. El contribuyente las contabilizó en sus libros, las declaró en formularios tributarios y aumentó indebidamente su crédito fiscal (diferencias de $11.438.420 en IVA) y gastos (diferencia de $17.345.241 en IR). La conducta no fue accidental sino sistemática durante cinco períodos tributarios, evidenciando dolo. Se
Se confirma acta de denuncia. Se aplican multas: $17.345.241 por delito inciso 1°, $11.438.420 por inciso 2°, y $4.255.957 por inciso 3°, equivalentes al 100% del perjuicio en cada caso. Se condena en costas al denunciado.
AN
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE,
VISTOS:
Que a fojas 3 rola el Acta de Denuncia N*3, de fecha 19 de marzo de 2015, emitida por la Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos, remitida por don HUGO HORTA BARAHONA, Director Regional de la mencionada Unidad, en contra de PROELEC S.P.A., RUT N*76.066.764-1, con giro en proyectos de ingeniería en electricidad, con domicilio en Pasaje Caletones N*%4415, Arquitecto Oherens, comuna de Recoleta, por haber incurrido en infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 números 4, incisos 1%, 2% y 3% del Código Tributario. El acta materia de este proceso fue notificada en el domicilio del contribuyente con fecha 19 de marzo de 2015.
Que en dicha actuación el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) indica, en resumen, que con motivo de la concurrencia del contribuyente a las dependencias de la Dirección Regional, con el objeto de rectificar períodos tributarios de IVA correspondiente a noviembre de 2013, se constató que en sus registros contables, por las operaciones efectuadas en dicho período, presentaba cuatro facturas falsas del proveedor Vásquez Hermanos Limitada, RUT N*78.103.230-1, las cuales, realizado el cruce de información respectivo arrojó como resultado que dichas facturas se emitieron a otros contribuyentes por otros montos y en distintas fechas.
Indica que de la auditoría siguiente se detectó que la conducta no era aislada y que se habían registrado facturas falsas en otros períodos tributarios.
Asevera que durante el periodo tributario noviembre 2013, registró en su contabilidad y declaró en Formularios 29, folio N“5675105096, un crédito fiscal IVA sustentado en cuatro facturas falsas del proveedor Vasquez Hermanos Limitada, cuyo giro es importador, exportador y distribuidor de artículos eléctricos, musicales y reparación de electrónicos. La diferencia
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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