Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
CAM CHILE S.A. con SII
Fecha: 29-05-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de CAM Chile S.A. contra resolución del SII que objetó deducción de pérdida tributaria por $2.617 millones denominada 'Ajuste Transelec', al no acompañar libros contables que acrediten fehacientemente el registro.
CAM Chile S.A., empresa constructora, celebró contratos con Transelec para obras de transmisión eléctrica. Debido a imprevistos, las partes suscribieron acuerdos y finiquitos el 23-09-2011 ajustando precios. CAM declaró pérdida tributaria de $3.308 millones en AT 2012, incluyendo deducción 'Ajuste Transelec' por $2.617 millones, solicitando devolución de impuesto de primera categoría por $529 millones. El SII rechazó dicha deducción mediante Resolución Ex. 17.100 N°67 de 08-05-2013, por falta de acreditación fehaciente.
El tribunal establece que si bien CAM aportó contratos, finiquitos y facturas que resultan consecuentes con su actividad, no acompañó los libros contables exigidos (Diario, Mayor, FUT, Balance) que acrediten fehacientemente el registro contable del 'Ajuste Transelec'. Conforme al artículo 21 del Código Tributario, el SII no puede prescindir de documentos salvo que no sean fidedignos, pero el contribuyente debe probar mediante contabilidad fidedigna. El artículo 132 del CT establece que el juez debe ponderar preferentemente la contabilidad. Sin los libros contables fundamentales, los antecedent
Se rechaza el reclamo interpuesto por CAM Chile S.A. y se confirma la Resolución Exenta 17.100 N°67 del SII. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
1
“CAM CHILE S.A con SII, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
Rol · solo Pro
RUC 13-9-000-1680-2
CAV/mpm/psm
Santiago, veintinueve de Mayo de dos mil quince
VISTOS:
I. UNO: A fojas 1 y siguientes, con fecha 26 de Agosto de 2013 , comparece don PEDRO ENRIQUE SANTANDER PERALTA , abogado, cédula nacional de identidad N°10.253.151-5, domiciliado en Avenida Nueva de Lyon N°0145, Oficina 802, Comuna de Providencia, Santiago, actuando en representación de la sociedad CAM CHILE S.A., RUT 96.543.670-7, domiciliada en la ciudad y comuna de Santiago, calle Tarapacá N°934, en contra del Servicio de Impuestos Internos, Dirección de Grandes Contribuyentes, representada por Lucio Martínez Cisternas, Subdirector Jurídico (S) domiciliada en Almirante Lorenzo Gotuzzo N° 124, 7° piso, Santiago.
I. FASE DE DISCUSIÓN
A. Reclamo
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
Señala que encontrándose dentro del plazo establecido en el inciso tercero del artículo 124 del Código Tributario, viene en interponer reclamación en contra de la Resolución Ex. 17.100 N° 67, de fecha 8 de mayo de 2013, emitida por el Departamento de Fiscalización de Grandes Empresas Nacionales de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, en base a los fundamentos de hecho y de derecho que, a continuación pasa a exponer:
I. LOS HECHOS.-1. Antecedentes generales. 2
CAM CHILE S.A., en adelante CAM, es una empresa constructora que tiene por giro el diseño, construcción, montaje y puesta en marcha de obras de infraestructura para transmisión de energía eléctrica.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.