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Tribunal · solo Pro
ARCE RAMIREZ con SII
Fecha: 17-06-2015 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra multa por pérdida de facturas de 8 años de antigüedad, estimando que había cesado la obligación legal de custodia.
Contribuyente comerciante solicita ampliación de giro en octubre 2014. En febrero 2015, al tramitar timbraje de nuevas facturas, le requieren facturas de compra números 1-3 autorizadas en 2007. Declara haberlas destruido en cambio de domicilio 2014 tras superar 6 años de antigüedad. Llena formulario explicando ausencia de documentos. SII notifica acta de denuncia por pérdida no fortuita en abril 2015.
El tribunal establece que la carga probatoria corresponde al SII para revertir presunción de inocencia. Se acredita que las facturas fueron autorizadas el 20 de febrero 2007, es decir 8 años antes. Conforme artículo 17 CT y artículo 58 DL825, la obligación de conservación dura mientras esté pendiente plazo de revisión (máximo 6 años desde vencimiento). Al haber transcurrido más de 6 años desde autorización, cesó la obligación de custodia. El aviso de pérdida surge como consecuencia del requerimiento en trámite de ampliación de giro, no voluntariamente. No hay amenaza al interés fiscal ni perío
Se acoge reclamo de Fabiola Jacquelin Arce Ramírez. Se deja sin efecto acta de denuncia folio 77315005376 de 11 abril 2015 por infracción artículo 97 N°16 CT. Se declara que no procede condena en costas.
Temuco, diecisiete de junio de dos mil quince.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña FABIOLA JACQUELIN ARCE
RAMÍREZ, cédula de identidad N° 9.063.435-6, comerciante, domiciliada en calle Cuatro Oriente N° 150, sector Labranza, comuna de Temuco, quien interpone reclamo en procedimiento especial de aplicación de ciertas multas, en contra de l acta de denuncia de infracción folio N° 77315005376, de 11 de abril de 2015 , practicada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos por la pérdida no fortuita de facturas de compra emitidas números 1 a 3 , comunicada por la contribuyente al ente fiscalizador el 18 de febrero de 2015.
Expone al efecto que durante el mes de noviembre de 2014, solicitó al Servicio de Impuestos Internos de Temuco una ampliación de su giro comercial, entregándosele con ocasión de dicho trámite instrucciones como proceder con la nueva documentación y solicitándosele la destrucción de la documentación en uso. Señala que posteriormente, cuando volvió en el mes de febrero del presente año a las oficinas del Servicio para el timbraje de sus nuevas facturas, se le requirió presentar tres facturas de compra que fueron autorizadas en el año 2007, condicionándosele el timbraje de documentos al cumplimiento de dicho trámite. Manifiesta que explicó al funcionario que ya no tenía dicha documentación en su poder , ya que atendido el tiempo transcurrido se deshizo de ella durante un cambio de domicilio efectuado en el mes de agosto de 2014, llenando en ese mismo acto un formular io a requerimiento del funcionario para explicar porque no tenía los documentos solicitados.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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