Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
AYALA AREVALO con SII
Fecha: 30-06-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación de impuestos a persona residente en Canadá, declarando pérdida de domicilio tributario chileno y acreditando origen de fondos en contrato de renta vitalicia.
María Angélica Ayala Arévalo, de nacionalidad canadiense y residente en Montreal más de 18 años, realizó inversiones en fondos mutuos en Chile durante 2010 por $96.499.674. El SII liquidó impuestos de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario. La reclamante sostiene que los fondos provienen de un contrato de renta vitalicia de 1996 y que ha perdido domicilio en Chile por estar domiciliada, trabajar y poseer bienes en Canadá.
El Tribunal estableció su competencia jurisdiccional para revisar el fondo de la reclamación, rechazando la alegación del SII sobre improcedencia. Interpretó restrictivamente el artículo 132 inciso 11 del Código Tributario sobre inadmisibilidad probatoria, concluyendo que los documentos no fueron solicitados con la determinación y especificidad requeridas. Determinó que la reclamante perdió domicilio en Chile conforme a artículos 59, 62, 64 y 65 del Código Civil y artículo 4 de la LIR, pues mantiene residencia, trabajo, familia y bienes en Canadá. Acreditó el origen de los fondos mediante docu
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°113000000024 de 16 de diciembre de 2013. No se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos.
1
“AYALA AREVALO con SII, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
LAPM/MPM
Santiago, Treinta de Junio de dos mil quince.
VISTOS:
UNO: A fojas 1 y siguientes, con fecha 21 de Abril de 2014 , comparece don GONZALO MANUEL ARÉVALO CUNICH, abogado, cédula nacional de identidad N°7.101.886-5, en calidad de agente oficioso de MARÍA ANGÉLICA AYALA AREVALO, cédula nacional de identidad N°5.405.619-2, de profesión siquiatra, ambos domiciliados para estos efectos en Apoquindo N°3910, Piso 10, Comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
I. FASE DE DISCUSIÓN
A. Reclamo
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Señala que encontrándose dentro del plazo legal y en virtud de lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, viene en interponer Reclamo Tributario en contra la Liquidación N°113000 000024, notificada por carta certificada el día 27 de Diciembre de 2013, dictada por Antonio Hormazábal Becerra, en ese momento Jefe del Departamento de Fiscalización de la Dirección Metropolitana de Santiago Centro, para que se le dé curso al mismo y en d efinitiva, se deje sin efecto la mencionada Liquidación en todas sus partes, en virtud de las consideraciones de hecho y derecho que expone a continuación:
I. LOS HECHOS.-2
- Su representada doña María Angélica Ayala Arévalo, tiene la nacionalidad canadiense, según consta en copia simple de su pasaporte canadiense, la cual acompaña.
- Asimismo su representada contrajo matrimonio el 3 de Abril de 1972 con Gregoire Noel Pradel, canadiense, médico, según consta en certificado de matrimonio que se acompaña.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.