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Tribunal · solo Pro
PERUSINA CATRILEO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-07-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
HA LUGAR EN PARTE Modificatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra liquidaciones de IVA y renta por facturas falsas y deficiencias contables, anulándose solo la liquidación prescrita. Se confirman las demás por incumplimiento de requisitos legales en el artículo 23 N°5 de la Ley de IVA.
Comerciante de productos agrícolas reclamó contra 15 liquidaciones del SII (21.02.2014) por diferencias en IVA, renta de primera categoría y reintegros, totalizando $63.490.859. El SII rechazó crédito fiscal por facturas alegadas falsas y contabilidad no fidedigna. El contribuyente argumentó pago mediante cheques nominativos con detalle en reverso, registros en libro auxiliar y cumplimiento formal de facturas. Presentó cheques que acreditaban pago de IVA pero de cuentas corrientes personales no registradas en contabilidad.
El tribunal estimó que las deficiencias contables (enmendaduras, registros al final de mes, gastos sin respaldo fehaciente) contravinieron fideginidad exigida. Respecto al requisito del artículo 23 N°5 LIVAS: (a) el pago fue solo del IVA no de la factura completa; (b) las cuentas corrientes no estaban registradas en contabilidad como exige la norma para quien lleva contabilidad obligatoria; (d) no se acreditó efectividad de operaciones. Estos requisitos son copulativos. La costumbre mercantil alegada no prevalece sobre normas tributarias por especialidad. La Liquidación N°1 fue anulada por pre
Se declara de oficio prescrita y anula Liquidación N°1. Se rechaza la reclamación respecto de Liquidaciones N°2 a 15, confirmándose estas. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
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“PERUSINA CATRILEO, NIKOLA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Talca, dos de julio de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 42 y siguientes, comparece don NIKOLA OSVALDO PERUSINA
CATRILEO, RUT N° 16.473.752-7, comerciante, domiciliado en Fundo San Joaquín Llancanao s/n, de la comuna de Linares , quien interpone reclamo conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones Nos. 1 a 15, de fecha 21.02.2014, emitidas por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), las cuales determinaron diferencia s de Impuesto al Valor Agregado, respecto de los períodos de marzo de 2010, diciembre de 2010 a marzo de 2011, diciembre de 2011 a marzo de 2012 y mayo de 2012; de Impuesto a la Renta de Primera Categoría en relación con los años tributarios 2011, 201 2 y 2013; y Reintegro del artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta por los períodos de noviembre de 2012 y mayo de 2013; las cuales suman la cantidad total de $ 63.490.859.-, incluidos r eajustes, intereses y multas, originadas en el rechazo del crédito fiscal y gastos declara dos por estar respaldados en facturas falsas y/o que no cumplen con los requisitos legales y reglamentarios, actuaciones que solicita se dejen sin efecto.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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