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Tribunal · solo Pro
Cifuentes Bugueño con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 09-06-2011 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: david_lagos_fernandez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra multa por no emitir boleta de ventas por $47.460. El tribunal confirma la infracción del art. 97 N°10 CT tras constatar diferencia entre ingresos calculados ($129.660) e ingresos registrados en boletas ($82.200).
Comerciante fue fiscalizada el 21.03.2011. Funcionarios del SII realizaron inventario de caja, encontrando $33.260. Declaró retiros por $96.400 (sueldos $49.000, pescado $22.200, agua $25.200). Boletas emitidas ascendían a $82.200. La diferencia de $47.460 no tenía documentación tributaria. Fiscalizadores notificaron infracción N°1012137 por no emitir boleta de ventas en oportunidad legal.
El tribunal aplicó la presunción de inocencia, siendo el SII quien debía probar la infracción. Rechazó testimonios contradictorios del encargado del local y documentos sin coherencia. Dio por probado: saldo inicial $0, egresos totales $96.400, ingresos calculados $129.660 (caja final + egresos). Las boletas registraron solo $82.200, lo que genera presunción de venta no documentada de $47.460. Conforme al art. 76 DL 825/74, se presume venta toda diferencia de ingreso que determine el SII. Se configura la infracción del art. 97 N°10 CT. Consideró escaso monto para modular sanción.
Se rechaza reclamación y confirma infracción N°1012137. Se aplica multa de 2 UTM y clausura por 2 días del establecimiento comercial. Se ordena girar multa y ejecutar clausura. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
RUC : 11900000431
RIT : ES03000052011
RECLAMANTE : Alejandra Martina Cifuentes Bugue ño.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas C ódigo Tributario.
Antofagasta, a nueve d ías del mes de junio de dos mil once.
VISTOS:
A fojas 8 , comparece doña Alejandra Martina Cifuentes Bugue ño, comerciante, domiciliada en
calle Bol ívar Nº 706, Antofagasta, Rol Único Tributario Nº 11.818.8055, quien interpone reclamación en
Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas, artículo 165 del C ódigo Tributario, en contra
de la Infracción Nº 1012137, por infracción tributaria sancionada en el Nº 10 del artículo 97 del C ódigo
Tributario, notificada con fecha 21 de Marzo de 2011, cursada por la II Dirección Regional de
Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos.
Indica la actora que el d ía 21 de marzo del presente a ño, siendo las 19:30 horas, se presentaron en
su local comercial dos funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, debidamente identificados,
indicando que su visita tenía como objetivo realizar un Inventario de Caja, es decir, con cu ánto dinero se
contaba en la caja al momento de la visita. Se confeccion ó una Declaración de la T oma de Inventario
(arqueo de caja) firmada por los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, cuya copia le fue
entregada a don José Gallo Cisternas, Rol Único Tributario Nº 7.427.5745. Dicha Acta arrojaba un total
de dinero por un monto de $33.260.. En esa ocasión, don José Gallo manifestó que no hab ía caja inicial,
por lo tanto, hab ía comenzado la caja en cero pesos, pero – se ñala la reclamante – que reflexionado y con
el apuro de atender a los funcionarios, no le indicó que al iniciar el d ía tenía alrededor de $3.000 en
sencillo, para dar vuelto, a pesar que este saldo inicial en nada afecta a los descargos que realiza.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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