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Tribunal · solo Pro
EMPRESAS GI S A con SII
Fecha: 25-08-2015 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza devolución de pagos provisionales e impugna deducción de pérdida por disolución de sociedad, por insuficiencia en la alegación y acreditación de hechos en el reclamo.
Empresas GI SA solicitó devolución de $583.045.935 por pago provisional de impuesto de primera categoría por utilidades absorbidas año 2013. La empresa dedujo pérdida tributaria de $4.450.893.339 originada por disolución y liquidación de Forum Inmobiliaria Limitada, en la cual participaba. Había invertido $4.459.168.712 (valor tributario corregido a 2012) y recibió solo $8.275.374 en liquidación. SII rechazó la solicitud mediante Resolución 1989 de abril 2014 por falta de acreditación suficiente, y emitió Liquidaciones 20 y 21 rechazando la deducción de la pérdida.
El tribunal enfatiza que la pretensión procesal debe expresarse completa y detalladamente en el reclamo. Señala que la reclamante no relató paso a paso la generación de la pérdida tributaria, limitándose a acompañar documentos sin explicación integrada. Determina que los gastos, incluyendo pérdidas, deben ser: necesarios, del período, pagados o adeudados y acreditados. Critica que la reclamante no haya indicado en el libelo la operatoria de aumentos, disminuciones y devoluciones de capital, ni explicado el efecto tributario de la transformación de la sociedad. Concluye que los documentos no pu
Se confirma la Resolución 1989 de 22 de abril de 2014 que deniega la devolución de pago provisional. Se confirman Liquidaciones 20 y 21 de 22 de abril de 2013. Se condena en costas a la reclamante por haber sido totalmente vencida.
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“EMPRESAS GI SA con SII, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
Rol · solo Pro
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LAPM/cav
Santiago, veinticinco de agosto de dos mil quince
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso
Uno. A fojas 1 y 84 de 7 de agosto de 2014, EMPRESAS Gl SA, RUT 96.676.150-4, representada por Alejandro Narciso Toro Espinoza, cédula de identidad N° 6.622.740-5, ambos domiciliados en Santa Rosa N ° 537, Santiago, en adelante indistintamente “la reclamante” o “la empresa”, reclama en contra de los siguientes actos administrativos de la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos:
Resolución N° 1989 de 22 de abril de 2014 que denegó la solicitud de devolución de Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría por Utilidades Absorbidas del año tributario 2013, por un monto de $583.045.935. (En adelante la Resolución).
Liquidaciones N ° 20 y 21 de 22 de abril de 2013 que determinaron diferencias de impuestos para el Año Tributario 2013, por concepto de Primera Categoría, por $ 5.104.850 y Reintegro del Artículo 97 de la Ley de la Renta por $1.326.264. (En adelante las Liquidaciones).
Dicha Dirección Regional, representada por doña Silvia León Moreno , cuyo domicilio es Padre Alonso Ovalle N° 680 8º piso, en adelante indistintamente “el Servicio” o la “Administración”.
Dos. Estos actos administrativos fueron reclamados en forma separada.
Tres. A fojas 33 el 5 de septiembre el Servicio evacúa el traslado de la resolución y a fojas 114 el 8 de septiembre el Servicio evacúa el traslado respecto de las Liquidaciones. En ambos interpone incidente de inadmisibilidad probatoria.
Cuatro. A fojas 61 y 143 el 23 de octubre la reclamante evacúa el traslado conferido a propósito del incidente de inadmisibilidad probatoria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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