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Tribunal · solo Pro
GRANZOTTO GIBERT con SII
Fecha: 30-09-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo de avalúo de bien raíz habitacional. El contribuyente no acreditó errores en la aplicación de tablas de clasificación ni en cálculos del reavalúo 2014 realizado por el SII conforme a Ley 20.650.
René Hernán Granzotto Gibert, jubilado de 80 años, reclama el reavalúo de su propiedad habitacional ubicada en calle San Federico N° 230, Temuco (rol 01546-001). El SII aumentó el avalúo de $58.526.403 (2013) a $87.710.651 (2014), incrementando el impuesto territorial de $105.575 a $173.189. El reclamante argumenta que su vivienda es antigua, su situación económica es limitada (pensión de $660.000 mensuales) y cuestiona la aplicación de tablas de clasificación que no reflejan la realidad del inmueble ni del sector.
El tribunal establece que corresponde al reclamante probar la concurrencia de las causales de reclamo (artículo 149 CT). El proceso de reavalúo se ejecutó conforme a Ley 17.235 (artículos 3° y 4°), Ley 20.650 y Resolución Exenta SII N° 108 de 2013, aplicando metodología técnica objetiva basada en áreas homogéneas. La propiedad se ubicó en área CMB029 con valor unitario de terreno de $112.128/m² y superficie de 500 m². El reclamante no aportó prueba que demostrara errores en clasificación de construcción, superficie efectiva, área homogénea o aplicación de factores de ajuste. Sus argumentos sob
Se rechaza la reclamación tributaria interpuesta por René Hernán Granzotto Gibert contra el reavalúo del inmueble rol 01546-001 de Temuco determinado por el SII a contar de enero 2014. Se confirma la actuación del SII. No se condena en costas al reclamante por tener motivo plausible para litigar.
1
Temuco, treinta de septiembre de dos mil quince.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don RENE HERNAN GRANZOTTO GIBERT , jubilado, cédula de identidad N° 2.284.982-4, con domicilio en calle San Federico N° 230, Población Dreves , Temuco, quien expresa que viene en deducir reclamo de avalúo en contra de la retasación efectuada por el Servicio de Impuestos Internos del inmueble de su propiedad, rol de avalúos 01546-001 de la comuna de Temuco.
Al efecto, expone que el destino de su propiedad es habitacional, no obstante en el sector en el cual se encuentra ubicado de un tiempo a esta fecha se han instalado locales comerciales, empresas y otros servicios. Indica que su casa no tiene dichas características y que él no cuenta con ingresos que le permitan sustentar el alza del avalúo.
Manifiesta que tiene 80 años de edad, es jubilado y que percibe un pago mensual liquido aproximado de $660.000.- , lo anterior evidencia su realidad económica y la desproporción en la que ha incurrido el Servicio de Impuestos Internos al momento de aplicar a su casa habitación una tabla de clasificación que elevan su valor fiscal, sin apreciar el contexto real de los inmuebles del área en el que vive. Indica que se cuestiona cual puede ser el criterio que se impone respecto de viviendas de una población con más de 20 años de edificación, sobre todo cuanto en lugar de aumentar su valor, se deprecian con el uso y el transcurso de los años.
Funda su reclamo en los artículos 115 y siguientes, 125 y 149 del Código Tributario, respecto de este último se funda en las causales: N° 2 Aplicación errónea de las tablas de clasificación respecto del bien gravado o de una parte del mismo, así como las superficies de las diferentes calidades de terreno; N° 3 Errores de transcripción de copia o de cálculo; N° 4 Inclusión errónea del mayor valor adquirido por los terrenos con ocasión de mejoras costeadas por los particulares. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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